Hola Foristas: tengo un cliente que al que le estan efectuando retenciones y embargos que en total superan el 50% del sueldo.. que debería hacer??
Paola
Paola
Paola MdP
Ishtar escribió:Hola, depende...Desde muchas gracias por tu ayuda... el embargo de haberes es por mutuo... y como bien apuntas se rigen por el art. 147
Embargos: rige el 147 LCT y dec. reglam 484/87:
ahi te pone los límites en base al Salario mínimo vital y móvil.
El límite de los topes maximos no son de aplicación en el caso de deudas alimentarias o litis expensas.
Con respecto a adelantos en las remuneraciones art.133 LCT
Si no te queda claro publicá a que rubros se deben los embargos y retenciones y lo analizamos...
Sailaw escribió:Monto de salario minimo vital y movil a la fechaSailaw.. un millon de gracias por tu respuesta... pero te cuento que hay un nuevo monto para el salario minimo vital y movil.. te paso aca la resolucion.. saludos
por Resolución Nº 2 de fecha 1º de junio de 2005, fijó el monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil a partir del 1º de mayo de 2005 en la suma de PESOS QUINIENTOS DIEZ ($ 510) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y de PESOS DOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2,55) por hora, para los trabajadores jornalizados; a partir del 1º de junio de 2005, en la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA ($ 570) y de PESOS DOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2,85) por hora y a partir del 1º de julio de 2005, en la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA ($ 630) y de PESOS TRES CON QUINCE CENTAVOS ($ 3,15) por hora, respectivamente.