Te dejo el testimonio por el cual se inscribió.
TESTIMONIO LEY VEINTIDOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS: Buenos Aires, mayo catorce de Dos mil siete. Y VISTOS: Estos autos caratulados "XXX y XXXXXXs/divorcio artículo doscientos catorce inciso segundo Código Civil de cuyas constancias, RESULTA: A fojas cinco barra seis se presentan en forma conjunta los esposos XXXXXXXXXX y XXXXXXX, solicitando se haga lugar a su divorcio vincular. En la audiencia de que da cuenta el acta de fojas doce ambos cónyuges manifestaron que se encuentran separados de hecho sin voluntad de volver a unirse desde el mes de Julio de Dos mil tres, razón por la cual y en virtud de lo dispuesto por el artículo doscientos treinta y dos del mismo cuerpo legal en cuanto al reconocimiento de tal causal contemplada en el inciso segundo del artículo doscientos catorce también de ese Código, solicitan que sin más trámites se dicte sentencia.- Y CONSIDERANDO: I) Con la libreta de matrimonio de fojas ocho se comprueba el celebrado entre las partes el día dos de Noviembre de Un mil novecientos noventa y cinco, y con la pieza de fojas dos el nacimiento del hijo menor xxxxxxxxxx (cinco de enero de mil novecientos noventa y ocho.- II) Entrando entonces, al análisis de la petición que formulan a fojas doce, corresponde determinar si la misma es procedente. El artículo doscientos treinta y dos ya citado contempla la posibilidad de dar eficacia a la confesión de aquellos para tener por acreditada la causal de divorcio vincular configurada por su separación de hecho sin voluntad de volver a unirse por un tiempo continuo mayor de tres años; situación esta que es la que se da en la especie. De tal manera, no encuentro obstáculo legal alguno que impida acceder a la petición formulada en el estado actual del proceso. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dictaminado por la Sra. Fiscal a fojas catorce vuelta. FALLO y en consecuencia RESUELVO: I. Hacer lugar a la petición formulada, decretando el divorcio vincular de los esposos XXXX y XXXXXXXX por la causal prevista en el inciso segundo. del artículo doscientos catorce del Código Civil.- II. Declarar disuelta la sociedad conyugal con efecto retroactivo a la fecha de separación (artículo un mil trescientos seis in fine del mismo cuerpo legal).- III. De conformidad con lo convenido por las partes a fojas. Cinco barra seis y lo dictaminado por la Señora Defensora de Menores a fojas trece otorgar la tenencia del menor XXXX a su madre XXXXXXXXXXX y homologar lo acordado en cuanto al régimen de visitas y alimentos.- IV. Notificar la presente a las partes y
profesionales intervinientes personalmente o por cédula y a las Señoras. Fiscal y Defensora de Menores en sus respectivos despachos, registrarla y oportunamente,
archivar las actuaciones. Firme que se encuentre la presente, líbrese testimonio ley veintidós mil ciento setenta y dos para su inscripción.- Doctor Lucas Cayetano Aon Juez Nacional en lo Civil-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
LO PRECEDENTEMENTE TESTIMONIADO es copia fiel de su original obrante a fs 16 de los autos caratulados “ XXXXXXXXX y XXXXXXXXX s/ Divorcio Vincular Art. 215 Código Civil” (Expte. 3.455/2007) que tramitan por ante este Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nro 25 de la Capital Federal, sito en Lavalle 1212 6to Piso, a cargo del Dr. LUCAS CAYETANO AON Secretaría única interinamente a cargo del suscripto, y se extiende a los efectos la anotación marginal del divorcio vincular que da cuenta la sentencia de fecha 14 de Mayo de 2007 ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas del al Provincia de Buenos Aires en el acta Nro. 441 Tomo I Folio 999 Año 1995 oficina 75 (Delegación Avellaneda) donde se registrara el matrimonio de XXXXXXX y XXXXXXXXX en fecha 2 de Noviembre de 1995 estando autorizado para el diligenciamiento de la presente el Dr. XXXXXXX ( TºIII Fº40 C.A.LA MATANZA). Y/O XXXXXXXX (TºIX Fº84 C.A.MORON), siendo este Juzgado competente en razón de la materia y territorialmente, DADO, FIRMADO Y SELLADO en la sala de mi Público Despacho, a los días del mes de Julio de 2007.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
********Abogado********
Ciudad Autónoma de Bs.As.