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  • Urgente, juicio ganado- no tengo convenio de honorarios

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #701148  por Gry
 
Estimados, les comento el tema para ver si me pueden dar una mano por favor: daños y perjuicios con beneficio de litigar sin gastos. Voy por la actora y lo tengo ganado con regulación de honorarios. El problema es que no tengo convenio de honorarios firmado con mi cliente (si ya se no me quieran colgar, en otro momento les cuento bien), por lo tanto no se como hacer para cobrarselos. Para colmo el actor es un menor representado por su abuela y viven en Paraguay: COMO HAGO PARA SOLICITARLE AL JUEZ QUE ME INDIQUE LOS HONORARIOS A CARGO DE MI REPRESENTADA, AYUDENME POR FAVOR!!! VEN POSIBILIDADES???
Les sumo otro posible problema, soy apoderada del apoderado de la Sra. Paraguaya y esta le acaba de mandar una CD revocando dicho poder, por lo tanto se cae tambien el mio. Aun no se presentó otro abogado en el juicio por lo tanto debo seguirlo, pero me quita el sueño el tema.
POR FAVOR SI ME PUEDEN AYUDAR, ENTERNAMENTE AGRADECIDA!!! Saludos
 #701282  por diegogvillamayor
 
A ver si tenes los honorarios regulados, en la reglacion dice quien paga, quien es el condenado en costas, que seguro es el vencido, por lo cual no hay forma sin convenio o pacto que le cobres a tu cliente, salvo que de buena voluntad quiera pagarte.

Saludos.
 #701699  por Gry
 
Gracias Diego por tu respuesta. Es asi los honorarios estan regulados obvio para la perdidosa que no es mi representada. Lamentablemente me servira de experiencia para otros casos, aunque no es justo dado que para el cliente no se trabaja gratis y menos si le ganaste el juicio, teniendo en cuenta que los honorarios tienen caracter alimentario, cuando por convenio se esta estableciendo hasta un 30% si te regulan un 15% en juicio, el cliente debería pagar el resto o minimamente llegar al 20% que establece la ley como tope de regulación. Pero bue... que le voy a hacer el error fue mio por nueva en el momento de inicio del juicio y credula, por que la buena voluntad de la que hablas no creo que se tenga... Mil gracias nuevamente por tu tiempo. Cariños