Tengo un cliente que siendo una persona muy mayor se caso con una mujer 30 años mas joven, que tenia 3 hijos adultos; esta familia lo hizo despojarse de todo lo que tenia, quedando solo con una propiedad que es donde viven actualmente la mujer y la familia de los 3 hijos.-
Los hijos y la mujer golpeaban a este abuelo, le quitaban lo que cobrarba,lo dejaban encerrado sin comer...en fin; el tema es que se escapa de la propiedad y es mal asesorado por lo que inicia un divorcio contencioso y la sentencia salio por culpa concurrente porque el abandono la casa.-
ESta señora que es una mujer de 52 años, sana, sin hijos de la pareja ni bien tomo noticia del divorcio le inicio una cuota alimentaria, la cual le dieron en un 30%.-
Mi cliente tiene 83 años, una jubilacion minima, artritis, artrosis, hipertension, diabetes insulino dependiente, no tiene donde vivir.- Ella es sana, trabaja como cadete, tiene una jubilacion, y aparte cobra alimentos.-
Al haber salido la sentencia de divorcio por culpa concurrente, a mi entender no existe obligacion de mantener la cuota alimentaria por lo que voy a solicitar el cese de la misma por via incidental.-
Asi mismo pedire la liquidacion de la sociedad conyugal ....udes ven viable mi proceder?
una duda desde cuando son exigibles los canones locativos por la ocupacion del bien en este caso; agradecere sugerencia al respecto
Los hijos y la mujer golpeaban a este abuelo, le quitaban lo que cobrarba,lo dejaban encerrado sin comer...en fin; el tema es que se escapa de la propiedad y es mal asesorado por lo que inicia un divorcio contencioso y la sentencia salio por culpa concurrente porque el abandono la casa.-
ESta señora que es una mujer de 52 años, sana, sin hijos de la pareja ni bien tomo noticia del divorcio le inicio una cuota alimentaria, la cual le dieron en un 30%.-
Mi cliente tiene 83 años, una jubilacion minima, artritis, artrosis, hipertension, diabetes insulino dependiente, no tiene donde vivir.- Ella es sana, trabaja como cadete, tiene una jubilacion, y aparte cobra alimentos.-
Al haber salido la sentencia de divorcio por culpa concurrente, a mi entender no existe obligacion de mantener la cuota alimentaria por lo que voy a solicitar el cese de la misma por via incidental.-
Asi mismo pedire la liquidacion de la sociedad conyugal ....udes ven viable mi proceder?
una duda desde cuando son exigibles los canones locativos por la ocupacion del bien en este caso; agradecere sugerencia al respecto
La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio