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  • Locación, inmueble vivienda única familiar, IMPUESTO SELLOS

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #705997  por GastonDP
 
No se a que jurisdicción te referís, asique me refiero a ARBA y AGIP, y estoy apelando a la memoria.

AGIP: Exento siempre y cuando sea locación para vivienda única, no con otros fines.

ARBA: La última modificación fue para la ley impositiva 2010. En la locación de inmuebles con destino vivienda, cuando no hubiere contrato escrito, para eximirse del impuesto, la valuación fiscal no podrá superar la suma de $ 36.000.
 #706003  por leandroM
 
LEY 13930 (ley ejercicio fiscal)

Locación y sublocación.

c) Por la locación o sublocación de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente, cuya valuación fiscal no supere $60.000, alícuota cero…….………................................................................................................ 0
 #706251  por poorlaw
 
leandroM escribió:LEY 13930 (ley ejercicio fiscal)

Locación y sublocación.

c) Por la locación o sublocación de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente, cuya valuación fiscal no supere $60.000, alícuota cero…….………................................................................................................ 0
Para el ejercicio 2011 corre la ley 14200, que reproduce el mismo texto que el que pegaste:
ARTÍCULO 45. El impuesto de Sellos establecido en el Título IV del Código Fiscal - Ley Nº 10.397 (Texto ordenado 2004) y modificatorias-, se hará efectivo de acuerdo con las alícuotas que se fijan a continuación:
A) Actos y contratos en general:
...
8. Locación y sublocación.
a) Por la locación o sublocación de inmuebles excepto los casos que tengan previsto otro tratamiento, el diez por mil……..…………..........................................10 o/oo
b) Por la locación o sublocación de inmuebles en las zonas de turismo, cuando el plazo no exceda ciento veinte (120) días y por sus cesiones o transferencias, el cinco por ciento...….…………….........................................................................................5 o/o
c) Por la locación o sublocación de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente, cuya valuación fiscal no supere $60.000, alícuota cero……………………………..………..................................................................0 %
d) Por la locación o sublocación de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente cuya valuación fiscal supere $60.000, el cinco por mil..........................................................................................................................5 o/oo
Saludos!