Hola que tal, les comento que soy nueva en el foro, necesito por favor ayuda. les realizo la siguiente consulta
es necesario el concentimiento conyugal para disponer de un bien inmueble propio el cual constituye el hogar conyugal? tengo la incertidumbre por que no se si la restrincción del art. 1276 se aplica durante la vigencia de la sociedad conyugal o luego de su disolución, además el mismo art sostiene que el concentimiento es necesario cuando: existan menores e incapaces, en el caso planteado esto no ocurre, es un matrimonio sin hijos. les voy a agradecer su ayuda. gracías.....
es necesario el concentimiento conyugal para disponer de un bien inmueble propio el cual constituye el hogar conyugal? tengo la incertidumbre por que no se si la restrincción del art. 1276 se aplica durante la vigencia de la sociedad conyugal o luego de su disolución, además el mismo art sostiene que el concentimiento es necesario cuando: existan menores e incapaces, en el caso planteado esto no ocurre, es un matrimonio sin hijos. les voy a agradecer su ayuda. gracías.....