Estimados foristas: Los consulto porque es la primera sentencia de reajuste que tengo y estoy algo temerosa.
La sentencia me salió favrable y ordena:
1 de abril de 1991 hasta el 31 de marzo de 1995: SANCHEZ.
Abril 1995: BADARO Y PADILLA.
(descontando las sumas que correspondieron por decretos del PE que dispusieron incremento en esos periodos).
Marz 2009: Ley 26.417.
Obviamente costas por su orden, tasa pasiva y prescripción (solo dos años anteriores al inicio del administrativo).
Yo no apelaría y esperaría a constestar la expresión de agravios si es que ANSES apela. Alguien con más experiencia me podría aconsejar? Gracias!!! Buen finde!!
La sentencia me salió favrable y ordena:
1 de abril de 1991 hasta el 31 de marzo de 1995: SANCHEZ.
Abril 1995: BADARO Y PADILLA.
(descontando las sumas que correspondieron por decretos del PE que dispusieron incremento en esos periodos).
Marz 2009: Ley 26.417.
Obviamente costas por su orden, tasa pasiva y prescripción (solo dos años anteriores al inicio del administrativo).
Yo no apelaría y esperaría a constestar la expresión de agravios si es que ANSES apela. Alguien con más experiencia me podría aconsejar? Gracias!!! Buen finde!!
Un verdadero líder es siempre guiado por otros...
