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  • Pensionada, jubilacion ama de casa??

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #710129  por Caro36
 
Estimados colegas, tengo una clienta que me vino a consultar, ella es pensionada, (pension por ser viuda) tiene 89 años, me consulta por la jubilacion de ama de casa, es decir sin aportes, con moratoria ley 24476, si? ahora bien tengo entendido que si se cobra otro beneficio cuando se pide la jubilacion con moratoria, el beneficio se suspende hasta tanto no se cancelen las cuotas de la moratoria! esto es asi? ahora bien en este caso, la señora tiene mucho exceso de edad, por lo que pienso que la moratoria me a dar muy baja, mis dudas son: 1) es asi lo del beneficio nuevo que se suspende hasta que no se cancelen las cuotas de la moratoria? 2) El beneficio de la pension por mas que haga la jubilacion igual lo va a seguir teniendo? 3) se puede hacer igual la jubilacion y de ultima que le descuenten las cuotas y en algun momento cuando termine de pagarlas (sin cobrar la jubilacion) pueda empezar a cobrar? . Como verán no soy una experta en el tema de jubilaciones, hice algunas, me faltan conocimientos aun! graciass
 #710135  por molinag
 
Puede tener los dos beneficios mientras pague de contado la moratoria....por el exceso de edad no te va a dar tanto...La opcion 3 no es viable....Linda foto...
 #710162  por Caro36
 
Hola, gracias, la de la foto no soy yo! jaja. Bueno me dijeron que pasados 6 meses se puede igual cobrar, esto no se si es asi, ni tampoco entendí muy bien como? , pero bueno, es posible que le den el beneficio que no lo cobre, esperar y despues que empiece a cobrar?. igual esto es cosa de mandinga, porque se supone que la moratoria 24476 te habilita a utilizarla para regularizar aportes para obtener un beneficio, no? pero dicha ley no dice nada acerca de que si se tiene otro beneficio no se podrá percibir hasta que se cancele dicha moratoria, bueno, no podria decir esto, porque no seria acertado, pero yo digo, por un decreto es que no se permite cobrar el beneficio obtenido hasta no cancelar las cuotas impagas? alguien sabe como es esto? un amigo mio me dijo que incluso se ha apelado y en la corte dijeron que esto es asi! que hasta tanto no se cancelen las cuotas no se puede acceder al beneficio obtenido! sabes algo?
 #710163  por Caro36
 
Se genera el retroactivo desde que se inicia hasta que sale? o te lo bloquean antes? o sea te lo deniegan antes? necesito saberrrr??? jaja, gracias
 #710211  por dramamita
 
caro tenes que leer el dto.884/2006 y la circular 19/11 para saberrrrrrr un poco mas del tema

PD: se nos enamoro el Dr. Molinag, quedo flasheado con tan linda foto