Hola estimadisimos colegas! Mi nombre es Damian y recien me registro en el foro. Siempre lo he leido sin registrarme y la verdad que son excelentes las respuestas que dan.
Concretamente y yendo a lo que me trae a mi aqui tengo la siguiente cuestion:
Me ha venido a visitar un cliente que reulta ser el padre de un amigo mio. El se ha jubilado en junio del 2010 y esta percibiendo actualmente como jubilacion la suma de $7.900 aproximadamente. La cuestion es que el ha trabajado toda su vida en una multinacional en el cargo de gerente general y hasta antes de jubilarse su sueldo promedio era de $130.000 (ciento treinta mil). El me plantea que ha oido hablar de un reajuste en su jubilacion, es decir, que debe cobrar mas dinero.
He consultado sobre el tema con colegas en Tribunales y nadie me supo dar una respuesta certera sobre como seguir adelante con esto. Lo que si todos me dijeron que era un casaso. Amen de eso, es el padre de un amigo y mal quedaria que lo derive a algun otro colega. Alguien me podria decir que se hace en este caso, como es el procedimiento y cuales son las reglas legales o jurisprudenciales aplicables?
Desde ya y de ante mano agradezco el espacio que otorgan y los saludo a todos muy cordialmente.
Damian, Cordoba - Argentina
Concretamente y yendo a lo que me trae a mi aqui tengo la siguiente cuestion:
Me ha venido a visitar un cliente que reulta ser el padre de un amigo mio. El se ha jubilado en junio del 2010 y esta percibiendo actualmente como jubilacion la suma de $7.900 aproximadamente. La cuestion es que el ha trabajado toda su vida en una multinacional en el cargo de gerente general y hasta antes de jubilarse su sueldo promedio era de $130.000 (ciento treinta mil). El me plantea que ha oido hablar de un reajuste en su jubilacion, es decir, que debe cobrar mas dinero.
He consultado sobre el tema con colegas en Tribunales y nadie me supo dar una respuesta certera sobre como seguir adelante con esto. Lo que si todos me dijeron que era un casaso. Amen de eso, es el padre de un amigo y mal quedaria que lo derive a algun otro colega. Alguien me podria decir que se hace en este caso, como es el procedimiento y cuales son las reglas legales o jurisprudenciales aplicables?
Desde ya y de ante mano agradezco el espacio que otorgan y los saludo a todos muy cordialmente.
Damian, Cordoba - Argentina
