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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #712727  por lorenalaw
 
Hola foristas! les comento que en abril del año pasado inicié un juicio de alimentos en representación de la mamá del menor. En noviembre durante la etapa previa se fijaron alimentos provisorios de $ 300. El padre nunca los abonó. Se cerró la etapa previa y el padre ahora está trabajando en blanco. Quiero solicitar alimentos provisorios adeudados, pienso que primero debo presentar liquidacion y luego pedir embargo de sueldo. Còmo hago el cálculo de los alimentos màs los intereses? a tasa pasiva me dice el tribunal y desde el momento de la mora de cada vencimiento hasta el pago. ¿El capital más los intereses los calculo desde la interposición de la demanda o desde que se notificaron los alimentos provisorios? alguien que me ayude please! Muchas graciasssssssss!!!!!
 #712911  por kantaclaro
 
Deberás presentar un escrito que denuncia incumplimiento, practica liquidación y pide se lo intime; firme ello podrás ejecutar.
En pcia. Bs. As. la liquidación la obtenes (con intereses) automáticamente de www.colprobra.org.ar y el cálculo es a partir de la fecha de imposición de los provisorios. Saludos
 #712937  por lorenalaw
 
Muchas graciassss!!! y respecto de los alimentos devengados desde la interposicion de la demanda hasta la fijacion de los provisorios?? cuando los reclamo?? cuando se fijan los definitivos?? MIL GRACIAS!!!!!!! *suerte*
 #712959  por kantaclaro
 
Los definitivos serán retroactivos a la interp. de la dda y, durante el período en que superpongan con los provisorios (si estos se pagaron) deberás restarselos. Saludos