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  • puedo aplicar art 1 de la ley 25.321?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #714598  por dramereu
 
Hola, una señora quiere abonar deuda de contado para jubilarse (ya que es pensionada), tiene casi 65 años, y a su vez cinco años dos meses de rrdd. Yo quisiera poner todo lo que pueda en 24476, pero resulta que tiene algunos pagos de monotributo en el año 2000 y aparte en 2004. Lo que sucede es que en la mayoría tiene deuda por que no abonó y se dió de baja automáticamente. Yo quisiera saber si puedo aplicar art 1 para que me de dauda 0, y si puedo aplicar cese ficto en año 2000? (yo tomaría los pocos mese que pagó y los demás los prescribo, está bien?
 #714718  por hugo2
 
dramereu escribió:Hola, una señora quiere abonar deuda de contado para jubilarse (ya que es pensionada), tiene casi 65 años, y a su vez cinco años dos meses de rrdd. Yo quisiera poner todo lo que pueda en 24476, pero resulta que tiene algunos pagos de monotributo en el año 2000 y aparte en 2004. Lo que sucede es que en la mayoría tiene deuda por que no abonó y se dió de baja automáticamente. Yo quisiera saber si puedo aplicar art 1 para que me de dauda 0, y si puedo aplicar cese ficto en año 2000? (yo tomaría los pocos mese que pagó y los demás los prescribo, está bien?
Podes renunciar a todo lo que no necesites y tiene deuda, pero la fecha de cese lo determina el ultimo pago.
 #715124  por dramereu
 
eso lo entiendo pero se me ocurre que si lo renuncia, no debería ser el último mes de pago y que no renunció? o por más que lo renuncie tomo como ese el último pago real? por que yo lo quiero renunciar por que no lo pagó al mes y sale en deuda capital + interés, no se si corresponde cese ahí ?? por que justamente por eso renuncio por que no pagó.
 #715136  por hugo2
 
dramereu escribió:eso lo entiendo pero se me ocurre que si lo renuncia, no debería ser el último mes de pago y que no renunció? o por más que lo renuncie tomo como ese el último pago real? por que yo lo quiero renunciar por que no lo pagó al mes y sale en deuda capital + interés, no se si corresponde cese ahí ?? por que justamente por eso renuncio por que no pagó.
Leiste lo que te conteste ????????
 #715162  por dramereu
 
Jaja sí, pero no te entendía, después me puse a pensar y dudé nuevamente. O sea, la sra pagó meses del 2000, después tiene meses en 2004 pero con deuda por no pago, por eso se lo renuncié. En mi cálculo no quedó nada del 2004 le puse todo art 1 y tomé cese ficto el mes del 2000 que no tenía deuda. Te parece que hice bien?

Yo soy nueva en esto y no quiero defraudar a mi cliente, hice muchas jubilaciones pero no tuve nunca un caso así. Mil gracias por tu ayuda y, sobre todo, por tu paciencia.