Hola, una señora quiere abonar deuda de contado para jubilarse (ya que es pensionada), tiene casi 65 años, y a su vez cinco años dos meses de rrdd. Yo quisiera poner todo lo que pueda en 24476, pero resulta que tiene algunos pagos de monotributo en el año 2000 y aparte en 2004. Lo que sucede es que en la mayoría tiene deuda por que no abonó y se dió de baja automáticamente. Yo quisiera saber si puedo aplicar art 1 para que me de dauda 0, y si puedo aplicar cese ficto en año 2000? (yo tomaría los pocos mese que pagó y los demás los prescribo, está bien?
dramereu escribió:Hola, una señora quiere abonar deuda de contado para jubilarse (ya que es pensionada), tiene casi 65 años, y a su vez cinco años dos meses de rrdd. Yo quisiera poner todo lo que pueda en 24476, pero resulta que tiene algunos pagos de monotributo en el año 2000 y aparte en 2004. Lo que sucede es que en la mayoría tiene deuda por que no abonó y se dió de baja automáticamente. Yo quisiera saber si puedo aplicar art 1 para que me de dauda 0, y si puedo aplicar cese ficto en año 2000? (yo tomaría los pocos mese que pagó y los demás los prescribo, está bien?Podes renunciar a todo lo que no necesites y tiene deuda, pero la fecha de cese lo determina el ultimo pago.
