Hola estimados colegas y compañeros de ruta en los, a veces poco transitables, caminos de ANSES: Les cuento brevemente lo que me ocurrió en Udai José C. Paz. Presento Servicio deméstico (absolutamente real) con moratoria, los últimos pagos hechos en forma extemporanea, con los intereses correspondientes y debidamente acreditados. Inicio sin ningún problema, todo acreditado, impecable... al tiempo me citan para que adjunte más pruebas sobre ciertos períodos correspondientes a los servicios bajo ordenes todos de un mismo empleador, al tomar vista del expediente, noto una verificación positiva respecto de ese empleador, tanto de parte de él como de dos testigos, que si bien dicen no recordar a partir de que año trabajó la señora, recordaban hasta los dias que iba, por lo que pido hablar con la persona a cargo a ver que más quería que adjunte y me dice que adjunte los formularios de pago que al inicio no se me habían requerido (lo que es correcto, ya que no figuraba deuda). Adjunto los formularios de pago y además se me ocurre presentar, ya que el empleador estubo de acuerdo, certificación de remuneración y servicios firmado por el dador de trabajo con la firma legalizada ante entidad bancaria. Sorpresa! Denegado por no estar "debidamente probados" los servicios bajo las ordenes de ese empleador. Por supuesto pediré reapertura y presentaré error material o lo que estime más conveniente, no lo analicé todavía, pero digo, tenemos: 1)Períodos debidamente acreditados, 2)Verificación positiva, 3) formularios de pago, 4) Certificación de remuneración y servicios... que otra cosa hace falta para probar "debidamente" los servicios invocados? Uds. que opinan? Metí la pata al presentar la certificación? (digo, por ser servicio doméstico, pero fue real y voluntaria) no se que pensar, cometí algún error que no estoy advirtiendo? o estamos frente a otra INOPERANCIA de ANSES? Qué piensan? Gracias!!!
