Estimados colegas: Deseo consultar si es posible renunciar (art. 1 ley 25321) a los pagos de SDM. Debido a que mi cliente tiene excedente y la dadora de trabajo sólo paga los $20. Saludos, gracias por su respuesta.
dorado escribió:Estimados colegas: Deseo consultar si es posible renunciar (art. 1 ley 25321) a los pagos de SDM. Debido a que mi cliente tiene excedente y la dadora de trabajo sólo paga los $20. Saludos, gracias por su respuesta.Hay una resolucion que no me acuerdo cual era.. es la primera q salio q te exigia calcular sdm por sicam y pagar intereses. La cual decia q no se podia aplicar beneficios. Igual el sistema no te lo permite asi q si hubieras intenado hacerlo te hubieras dado cuenta q no se podia.
Saludos.
