Hola, DAL. Gracias, como siempre, por responder. Qué cuál es el NUDO ? ( o la madre del borrego, o el huevo...y no lo pise !! ).. O por lo menos el NUDO de forma, previo a ahondar en la eventual cuestión de fondo : Usté lo ha sacado a la luz :
DAL escribió:En lo que a mi respecta, debe tener patrocinio letrado el trabajador, de lo contrario, puede atacarse validamente el convenio, por mas que haya actuado asistido por el delegado sindical, salvo que el delegado sindical, sea abogado, o haya un abogado patrocinando a trabajador y delegado.
Ese es el NUDO previo : ver si puede cuestionarse la validez del Covenio . Un par de consideraciones previas :
1) Cuando vos decís " en lo que a mí respecta ", querés decir que es tu opinión o que así lo expresa la ley procesal de tu jurisdicción ?
2) NO consta en el Acta que el delegado sindical sea abogado.
2) TAMPOCO que haya habido uno patrocinando a trabajador y delegado.
DAL escribió:. En Santa Fe el codigo habilitaba la intervencion del sindicato como patrocinante del trabajador
Bueno, antes de seguir es necesario entonces ver que dice la ley respectiva ( SECLO ) sobre el tema
. A propósito ( y al margen ) : En Santa Fe hay un Código Procesal del Trabajo y no una maraña de leyes como acá ?.
Y, sumando a la colega que me había respondido :
dramcflores escribió:gastón, como bien vos decis, el cliente debe saber el monto reclamado y ser quien decida en última instancia si acepta o no el ofrecimiento de la otra parte. Uno le puede decir su parecer pero no decidir, x lo menos eso hago yo.
espero haber despejado aunque sea una de tus dudas, ya q la otra no la se, esperemos q te contesten así yo también me saco la duda, saludos
, termino por describir la situación ( que ya estarán imaginando ) :
El trabajador firmó el convenio ( en el 2005 ) en las condiciones antes descriptas, y simepre se quedó con la idea ( que no se la saca nadie de la cabeza , de que cobró " sólo una parte "de lo que le correspondía, sin tener idea cabal del significado de la firma del Convenio. Nunca le mostraron una liquidación, y hasta se sorprendió, porque debe haberla visto recién ahora, con el monto de " mejor remuneración mensual, normal y habitual " que consta en el instrumento y, que, me parece, no se corresponde con la realidad ( Aclaro que tengo en mi poder la pila de recibos de haberes que todavía no ví).Pero me estoy adelantando, que es lo que no quería hacer, porque si la validez del Convenio no se puede atacar, toda especulación posterior es abstracta...
Por último, una lástima que este hilo ( que derivó en esto ) no esté en el Sub Foro Laboral, donde seguramente algún otro colega empapado del temá podría dar su opinión valiosa. Para terminar en serio :
DAL escribió:, mas alla de las consideraciones que me pueda merecer el manejo de este sindicato a nivel nacional
Hablar del tema, inevitablemente, conduciría a hablar de política nacional pura, y este no es el ámbito. La única reflexión que quiero hacer , porque por mi otro trabajo estoy en contacto seguido con ellos, por sus sualdos, y por todos los beneficios que tienen : QUIERO SER CAMIONEROOOOOO !!!
Les agradezco de corazón la colaboración. Un saludo cordial.