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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #727559  por juancapa
 
Colegas:

Estoy empezando con el tema de las jubilaciones. Me compré un par de libros (recomiendo "MANUAL TEORICO PRACTICO del SICAM" de Juan Pablo Yver) pero me doy cuenta que todavía me "falta" un poco.

Les cuento el caso que tengo:

Nació en Chile el 8/12/1940. Mayoría de edad: 8/12/1958.
Ingresó al país el 24/12/1959, tiene certificado de Inmigraciones que lo acredita. Salió un par de años en la década del 90 (no me especificó cuáles, pero vivió en España en esos años).

En la pantalla "PAGOS" del SICAM, me aparece la siguiente pantalla:

Imagen

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Tengo pensado plantearlo así, a ver qué me puede observar:

Como tiene 70 años y 6 meses, compensaría 2 años y 9 meses (exceso de 5 años y 6 meses).
Por ello, compro por la moratoria de la ley 24476 desde el 1/1959 (mes siguiente al que cumplió los 18) hasta el 4/1986 (y no hasta el 1/1989 por el exceso de edad).

Luego, aplico los beneficios: renuncio por ley 25321 a los períodos que figuran como "pagos", lo que posibilitaría que -al quedar como fecha de cese el 4/1986- me tome 7 años por ddjj del art. 3 de la 24476. Ello implicaría que tendría que "comprar" hasta el 4/1979.

Espero sus correcciones y observaciones; hay algún requisito adicional que tenga que cumplir en caso de ser extranjero?

Un saludo y desde ya muchas gracias.
 #727568  por ISIS
 
Tenes que empezar a comprar 1/60 ya que ingreso el 12/59...no podes comprar antes si no estuvo en el pais.
Si tiene meses pagos no podes cambiar el cese con la 25321...si el ultimo mes abonado fue 5/2011 en mi opinion no podes tomar ddjj.
 #727569  por juancapa
 
ISIS escribió:Tenes que empezar a comprar 1/60 ya que ingreso el 12/59...no podes comprar antes si no estuvo en el pais.
Si tiene meses pagos no podes cambiar el cese con la 25321...si el ultimo mes abonado fue 5/2011 en mi opinion no podes tomar ddjj.
Gracias ISIS. Tenés razón con lo del ingreso y el 1/60. Y respecto de lo de la 25321, también supuse lo que me decís. Entonces tendría que comprar los 30 años (menos los q resto por el exceso) por moratoria ley 24476....

Gracias nuevamente!
 #727619  por arielruiz86
 
Yo haria uso del cese ficto (Circular GP N°49/10) Punto 1 inc b) Actividades Regladas (que figura en el PUC), lo cual habilitaria usar 5 años por DJ porque estaria llevando el cese al 99 (el pago del 2011 es un único pago esporádico que no denota continuidad en la tarea, versa el ejemplo de la misma circular).
 #727726  por juancapa
 
arielruiz86 escribió:Yo haria uso del cese ficto (Circular GP N°49/10) Punto 1 inc b) Actividades Regladas (que figura en el PUC), lo cual habilitaria usar 5 años por DJ porque estaria llevando el cese al 99 (el pago del 2011 es un único pago esporádico que no denota continuidad en la tarea, versa el ejemplo de la misma circular).
Gracias, no tenía conocimiento de dicha circular. Le voy a dar una leída. Un saludo!
 #727772  por arielruiz86
 
hasta dos pagos esporadicos te habilitaria la norma usar el cese ficto retrotrayendo el cese al 99, y si lo vas usar te recomiendo que en la solicitud de prestaciòn hagas referencia en observaciones la citada norma porque mas de un anses son remisos a su aplicaciòn.
 #728022  por juancapa
 
Prefiero no jugarme con esa circular. No voy a usar la 25321 y por ende tampoco el art 3 de la 24476.

Salen los siguientes pagos cargados en la situación de revista:


11/1998 03/2000 09
04/2000 06/2004 10
04/2011 06/2011 10

O sea, son 17 meses del 11/1998 al 3/2000, 50 meses del 4/2000 al 6/2004 y 3 meses del 4/2011 al 6/2011. En total, 70 meses.

Con el exceso de edad (70 años y 6 meses) compensa 2 años y 9 meses.

En total, a los 30 años exigidos por la ley le tendría que restar 8 años y 7 meses (2 años y 9 meses por exceso de edad + 70 meses por lo acreditado en el sistema, que son 5 años y 10 meses).

Por eso, compro desde el mes siguiente a que ingresó al país (ya teniendo 18), esto es: 11/1959, hasta el 11/1981 (en total, 22 años, para redondear un número).

Entiendo que no correría ningún beneficio... (sacando la circular que me comentaron, que -como dije- prefiero no arriesgarme).

Un saludo y espero su ayuda y comentarios!

Gracias.-
 #728028  por juancapa
 
En el resumen de la liquidación, me quedan 28 años y 0 meses de servicios y 28 años y 0 meses con aportes.

Al tener 70 años y 6 meses, entiendo que podría comprar un par de meses menos, pero prefiero asegurarme, que sobren un poquito de aportes y no que falten. Supongo que no la observarán, cierto?

Desde ya muchas gracias!
 #728364  por ISIS
 
juancapa escribió:Prefiero no jugarme con esa circular. No voy a usar la 25321 y por ende tampoco el art 3 de la 24476.

Salen los siguientes pagos cargados en la situación de revista:


11/1998 03/2000 09
04/2000 06/2004 10
04/2011 06/2011 10

O sea, son 17 meses del 11/1998 al 3/2000, 50 meses del 4/2000 al 6/2004 y 3 meses del 4/2011 al 6/2011. En total, 70 meses.

Con el exceso de edad (70 años y 6 meses) compensa 2 años y 9 meses.

En total, a los 30 años exigidos por la ley le tendría que restar 8 años y 7 meses (2 años y 9 meses por exceso de edad + 70 meses por lo acreditado en el sistema, que son 5 años y 10 meses).

Por eso, compro desde el mes siguiente a que ingresó al país (ya teniendo 18), esto es: 11/1959, hasta el 11/1981 (en total, 22 años, para redondear un número).

Entiendo que no correría ningún beneficio... (sacando la circular que me comentaron, que -como dije- prefiero no arriesgarme).

Un saludo y espero su ayuda y comentarios!

Gracias.-
Esta mal, si entro el 12/59 no podes comprar desde el 11/59 tenes que comprar desde el 1/60...
Publica como armarias la sit.de revista asi la controlamos bien...
 #728564  por juancapa
 
01/1960 01/1982 401
11/1998 03/2000 09
04/2000 06/2004 10
04/2011 06/2011 10

agregué el período 1/1960 a 1/1982 (el primero), que es lo que voy a comprar por la moratoria.

en la situación de revista aparecen como "cargados" automáticamente los últimos tres períodos. ahora bien, siguiendo el manual del sicam que tengo, también tendría que cargar los períodos prescriptos que figuran en la pantalla "datos personales".

Se las copio:

Historia de Categorias
Períodos Prescriptos
Categoría Período
Desde Período
Hasta Actividad Tipo de
Contribuyente
Categoría A 05/1995 07/1996 401 Autonomo
Error en el tramo 08/1996 10/1996 - Autonomo
Categoría A 11/1996 08/1997 401 Autonomo
Categoría B 09/1997 10/1998 005 Autonomo
Períodos No Prescriptos
Categoría Período
Desde Período
Hasta Actividad Tipo de
Contribuyente
09 Monotributo Previsional - Aport. no Agropecuario 11/1998 03/2000 - Monotributista
10 Monotributo Previsional - Trabajador Activo 04/2000 06/2004 - Monotributista
10 Monotributo Previsional - Trabajador Activo 04/2011 - Monotributista

Qué me dicen que haga, que cargue los períodos prescriptos de esta pantalla en la situación de revista, y que con ello cargue menos aportes a comprar por moratoria? (o sea compraría desde el 1/1960 hasta un par de años menos que como lo cargué ahora, 1980).

Un saludo y espero sus rtas., gracias por su atención...
 #728610  por ISIS
 
juancapa escribió:01/1960 01/1982 401
11/1998 03/2000 09
04/2000 06/2004 10
04/2011 06/2011 10

agregué el período 1/1960 a 1/1982 (el primero), que es lo que voy a comprar por la moratoria.

en la situación de revista aparecen como "cargados" automáticamente los últimos tres períodos. ahora bien, siguiendo el manual del sicam que tengo, también tendría que cargar los períodos prescriptos que figuran en la pantalla "datos personales".

Se las copio:

Historia de Categorias
Períodos Prescriptos
Categoría Período
Desde Período
Hasta Actividad Tipo de
Contribuyente
Categoría A 05/1995 07/1996 401 Autonomo
Error en el tramo 08/1996 10/1996 - Autonomo
Categoría A 11/1996 08/1997 401 Autonomo
Categoría B 09/1997 10/1998 005 Autonomo
Períodos No Prescriptos
Categoría Período
Desde Período
Hasta Actividad Tipo de
Contribuyente
09 Monotributo Previsional - Aport. no Agropecuario 11/1998 03/2000 - Monotributista
10 Monotributo Previsional - Trabajador Activo 04/2000 06/2004 - Monotributista
10 Monotributo Previsional - Trabajador Activo 04/2011 - Monotributista

Qué me dicen que haga, que cargue los períodos prescriptos de esta pantalla en la situación de revista, y que con ello cargue menos aportes a comprar por moratoria? (o sea compraría desde el 1/1960 hasta un par de años menos que como lo cargué ahora, 1980).

Un saludo y espero sus rtas., gracias por su atención...
1) Te tenes que fijar si tiene inscripcion en el padron Autonomo de anses, si la tiene antes de hacer el plan, tenes que vincular la cuenta con el form.460.

2) Si no tiene inscripcion, tenes que cargar en sit.de revista los periodos que te figuran en historia de categorias, tal cual figuran, tanto los periodos prescriptos cono los no prescriptos.

3) Calcula,anda a detalle de deuda, y todos los adeudados los podrias renunciar con la 25321, volve a calcular y fijate cuantos años de servicio te computa...lo que te falte los podes comprar por moratoria.
 #728623  por juancapa
 
ISIS escribió:
juancapa escribió:01/1960 01/1982 401
11/1998 03/2000 09
04/2000 06/2004 10
04/2011 06/2011 10

agregué el período 1/1960 a 1/1982 (el primero), que es lo que voy a comprar por la moratoria.

en la situación de revista aparecen como "cargados" automáticamente los últimos tres períodos. ahora bien, siguiendo el manual del sicam que tengo, también tendría que cargar los períodos prescriptos que figuran en la pantalla "datos personales".

Se las copio:

Historia de Categorias
Períodos Prescriptos
Categoría Período
Desde Período
Hasta Actividad Tipo de
Contribuyente
Categoría A 05/1995 07/1996 401 Autonomo
Error en el tramo 08/1996 10/1996 - Autonomo
Categoría A 11/1996 08/1997 401 Autonomo
Categoría B 09/1997 10/1998 005 Autonomo
Períodos No Prescriptos
Categoría Período
Desde Período
Hasta Actividad Tipo de
Contribuyente
09 Monotributo Previsional - Aport. no Agropecuario 11/1998 03/2000 - Monotributista
10 Monotributo Previsional - Trabajador Activo 04/2000 06/2004 - Monotributista
10 Monotributo Previsional - Trabajador Activo 04/2011 - Monotributista

Qué me dicen que haga, que cargue los períodos prescriptos de esta pantalla en la situación de revista, y que con ello cargue menos aportes a comprar por moratoria? (o sea compraría desde el 1/1960 hasta un par de años menos que como lo cargué ahora, 1980).

Un saludo y espero sus rtas., gracias por su atención...
1) Te tenes que fijar si tiene inscripcion en el padron Autonomo de anses, si la tiene antes de hacer el plan, tenes que vincular la cuenta con el form.460.

2) Si no tiene inscripcion, tenes que cargar en sit.de revista los periodos que te figuran en historia de categorias, tal cual figuran, tanto los periodos prescriptos cono los no prescriptos.

3) Calcula,anda a detalle de deuda, y todos los adeudados los podrias renunciar con la 25321, volve a calcular y fijate cuantos años de servicio te computa...lo que te falte los podes comprar por moratoria.


OK... te paso a responder/preguntar ISIS:
1) no tiene inscripción en el padrón de autónomos, fue una de las primeras cosas que consulté
2) cargué todos los períodos que me aparecen en "datos personales" en la sit. de revista. calculé y me quedó así:

Datos Personales. Años de servicio Años con aportes Prestación Solicitada
Edad Fecha Nacimiento Fecha Defunción 9años, 2meses 9años, 2meses Jubilación

3) Voy a detalle de deuda y se me abre una ventana, acá te dejo una imagen para que veas más o menos lo que me sale....

Imagen

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en general se adeudan en casi todos los meses, con excepción de los siguientes: 11/1998, 12/1998, 1/1999, 2/1999. En los periodos 04 y 05/2011 se adeudan sólamente $4,90, lo que me llama la atención.... entonces podría utilizar la ley 25321 para renunciar a todos los meses q tienen deuda? todos, todos?

Saludos y desde ya muchísimas gracias!
 #728627  por juancapa
 
ISIS, hice tal como me dijiste; la situación de revista, me quedó así:

05/1995 07/1996 401
11/1996 08/1997 401
09/1997 10/1998 005 U 1
11/1998 03/2000 09
04/2000 06/2004 10
04/2011 06/2011 10

Respecto de los beneficios, usé el de la ley 25321 para todos estos períodos, excepto el que en "detalle de deuda" me figura en 0, que es el del 11/1998 al 2/1999.

Calculé y me quedaron 0 años y 4 meses de aportes y servicios.

Ahora compro todo por la moratoria?

Podría usar el art. 3 de la 24476 por la fecha de cese en el 99 ?

Saludos y espero tu rta.! Gracias!
 #728629  por ISIS
 
juancapa escribió:ISIS, hice tal como me dijiste; la situación de revista, me quedó así:

05/1995 07/1996 401
11/1996 08/1997 401
09/1997 10/1998 005 U 1
11/1998 03/2000 09
04/2000 06/2004 10
04/2011 06/2011 10

Respecto de los beneficios, usé el de la ley 25321 para todos estos períodos, excepto el que en "detalle de deuda" me figura en 0, que es el del 11/1998 al 2/1999.

Calculé y me quedaron 0 años y 4 meses de aportes y servicios.

Ahora compro todo por la moratoria?

Podría usar el art. 3 de la 24476 por la fecha de cese en el 99 ?

Saludos y espero tu rta.! Gracias!
No puedo ver la imágen que subiste, del detalle de deuda...solo leo hasta el 96.
Desde el 2004 al 20011 no le figura inscripcion?
Si no le figura estaria bien, en cuanto a la ddjj...no se...lee la normativa, dice que si tiene pagos esporádicos podes retrotraer el cese...evalualo vos... yo no tomaria ddjj ya que (segun interpreto por lo que escribiste) tiene abonados los meses 4,5 y 6 de este año...
Si solo tiene 4 meses abonados el resto lo tendras que comprar como dijimos a partir del 1/60 lo que necesites.
 #728657  por juancapa
 
Ok, entonces -si te entendí bien- no uso la DDJJ, renuncio a todos los períodos que tiene deuda (que son la gran mayoría) y el resto lo compro todo por moratoria, desde el 1/60 ?

Saludos y gracias!