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  • DUDA SOBRE BIENES GANANCIALES

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #730803  por soldeabril
 
Colegas: a ver si pueden ayudarme...
Mi cliente se encuentra separado de hecho hace un año aprox (su mujer hizo abandono de hogar).
Él tiene la explotación de camiones (bienes gananciales) alguno de los cuales fueron embargados luego de la ruptura de la cohabitación por empleados que se hallaban en negro.
Mi pregunta es: Dado que él tiene la administración de tales bienes, puede imputársele mala administración por los juicios y embargos laborales trabados sobre bienes gananciales?
LLegado el caso, los acreedores ejecutarán la parte de los bienes que le toque a él o tambien puede ir por la parte de su mujer? En este último caso, ella tiene un crédito contrala sociedad conyugal por el monto de los embargos?
Muchas gracias
 #730822  por Tiburcio
 
¿Quien es titular de los camiones?
Los bienes gananciales de uno de los cónyuges no responden por las deudas del otro en este caso.
Si los camiones están a nombre del señor y se los ejecutan no habrá bienes gananciales para distribuir al momento de la disolucion de la sociedad conyugal.
Esto no genera crédito alguno para el otro cónyuge, ya que lo que se reparte es lo que hay
 #730903  por soldeabril
 
Muchas gracias por tu respuesta.
Aclaro que el bien está registrado a nombre de mi cliente. Fue adquirido por él, pero durante el matrimonio.
Entonces, si no entendi mal, los acreedores irán por la totalidad del bien. Es así?
Si sobrara algín camión, su mijer podría cobrarse su parte del otro que se ejecuto?
 #731034  por Tofee
 
Hola Soldeabril, como sabrás la sociedad conyugal es comunidad de bienes de administración separada y únicamente se refleja la ganancialidad cuando esta sociedad se disuelve, con los bienes que existan al momento de la disolución. Perdón por ponerme en profe, pero creo que así iba a quedar más claro.
Todo lo que esté a nombre de tu cliente puede ser embargado por las deudas que él hubiere contraído y no existe acción de la conyuge para reclamar nada. Los acreedores se van a llevar TODO.
Ahora, si lo que quiere es vender los camiones, va a necesitar su firma; pero el dinero que cobre es de él. Claro que ninguna ex, separada de hecho, en su sano juicio firmaría una venta sin reclamar la 1/2.
Espero haber disipado tus dudas.

Saludos,