Colegas: a ver si pueden ayudarme...
Mi cliente se encuentra separado de hecho hace un año aprox (su mujer hizo abandono de hogar).
Él tiene la explotación de camiones (bienes gananciales) alguno de los cuales fueron embargados luego de la ruptura de la cohabitación por empleados que se hallaban en negro.
Mi pregunta es: Dado que él tiene la administración de tales bienes, puede imputársele mala administración por los juicios y embargos laborales trabados sobre bienes gananciales?
LLegado el caso, los acreedores ejecutarán la parte de los bienes que le toque a él o tambien puede ir por la parte de su mujer? En este último caso, ella tiene un crédito contrala sociedad conyugal por el monto de los embargos?
Muchas gracias
Mi cliente se encuentra separado de hecho hace un año aprox (su mujer hizo abandono de hogar).
Él tiene la explotación de camiones (bienes gananciales) alguno de los cuales fueron embargados luego de la ruptura de la cohabitación por empleados que se hallaban en negro.
Mi pregunta es: Dado que él tiene la administración de tales bienes, puede imputársele mala administración por los juicios y embargos laborales trabados sobre bienes gananciales?
LLegado el caso, los acreedores ejecutarán la parte de los bienes que le toque a él o tambien puede ir por la parte de su mujer? En este último caso, ella tiene un crédito contrala sociedad conyugal por el monto de los embargos?
Muchas gracias