Estimados colegas la consulta es la siguiente:
Se ha iniciado un divorcio contradictorio donde solo se han regulado los alimentos provisorios, pero no han dado traslado de demanda. Pasado un buen tiempo, la demandada, a quien patrocino, quiere acordar el divorcio y lo consigue con el ex, ahora actor. Me preguntaba
si me presento en ese mismo expte. con un escrito solicitando se recaratule por "Divorcio art.215"?
o Presento el acuerdo al que arribaron ambos?
El actor no quiere mas al letrado que lo patrocinaba: puedo patrocinar a ambos? o necesariamente deben ser patrocinados ambos por letrados distintos? es en pcia de bs.as.
Gracias, escucho opiniones!
Se ha iniciado un divorcio contradictorio donde solo se han regulado los alimentos provisorios, pero no han dado traslado de demanda. Pasado un buen tiempo, la demandada, a quien patrocino, quiere acordar el divorcio y lo consigue con el ex, ahora actor. Me preguntaba
si me presento en ese mismo expte. con un escrito solicitando se recaratule por "Divorcio art.215"?
o Presento el acuerdo al que arribaron ambos?
El actor no quiere mas al letrado que lo patrocinaba: puedo patrocinar a ambos? o necesariamente deben ser patrocinados ambos por letrados distintos? es en pcia de bs.as.
Gracias, escucho opiniones!