Hola Ariel, si tu cliente era monotirb, ya pagaba ganancias por estar implicito el comp impositivo...al pasar al regimen general, la inscripcion en ganancias lo obligo a pasarse a autonomos, lo mas probable es que sea persona fisica, con lo cual su ejercicio cierra el 31/12...Si se inscribio y todavia no cerro ejercicio, no debe recategorizarse, caso contrario cerro su ejercicio el año pasado y lo recategorizaras por los ingresos brutos devengados a esa fecha ( o sea por lo facturado como R.I).....No importa que categoria de monotrib estaba...Impositivamente hablamos de monotrib y de R.I,amen de que sean autonomos ambos, difieren sustancialmente justamente por la inscripcion en el impuesto....saludos....