Estimados foristas:
Yo dejé de hacer SDM desde el año pasado por los problemas que ya conocemos.Pero ahora tengo dos casos de SDM reales.
En uno el empleador le pagará la moratoria al contado (porque es pensionada). Pero le venía pagando en tiempo y forma $35 en los últimos 17 meses, con lo que pierdo la posibilidad de aplicar art. 3.
3 preguntas:
1° ¿esos pagos se pueden reimputar a algún período de la moratoria?. Me importaría sobre todo para modificar el cese.
2° de no ser así: se puede aplicar art. 1 25321 (a los fines del cese y de evitar las verificaciones)
3° si todo lo anterior es negativo: ¿como lo cargo en el sicam, tengo que pagar algo más (estan los 35 pagados en el formulario 102, con los recibos de sueldo firmados). ¿le hago presentar al empleador Certificación (yo creo que no corresponde por la cantidad de horas, pero no tendría ningun problema en hacerlo.
Les agradezco la ayuda, no quiero tener problemas, sobre todo porque el empleador la quiere ayudar pagándole la moratoria al contado y cualquier error mío costaría tiempo y dinero.
2°CASO
el empleador viene pagando en tiempo y forma los 80 y pico o 90 y pico para más de 16 horas.
Los pongo en el Sicam y en este caso ¿presento certificación de servicios porque son más de 16 horas?
Muchísimas gracias
Yo dejé de hacer SDM desde el año pasado por los problemas que ya conocemos.Pero ahora tengo dos casos de SDM reales.
En uno el empleador le pagará la moratoria al contado (porque es pensionada). Pero le venía pagando en tiempo y forma $35 en los últimos 17 meses, con lo que pierdo la posibilidad de aplicar art. 3.
3 preguntas:
1° ¿esos pagos se pueden reimputar a algún período de la moratoria?. Me importaría sobre todo para modificar el cese.
2° de no ser así: se puede aplicar art. 1 25321 (a los fines del cese y de evitar las verificaciones)
3° si todo lo anterior es negativo: ¿como lo cargo en el sicam, tengo que pagar algo más (estan los 35 pagados en el formulario 102, con los recibos de sueldo firmados). ¿le hago presentar al empleador Certificación (yo creo que no corresponde por la cantidad de horas, pero no tendría ningun problema en hacerlo.
Les agradezco la ayuda, no quiero tener problemas, sobre todo porque el empleador la quiere ayudar pagándole la moratoria al contado y cualquier error mío costaría tiempo y dinero.
2°CASO
el empleador viene pagando en tiempo y forma los 80 y pico o 90 y pico para más de 16 horas.
Los pongo en el Sicam y en este caso ¿presento certificación de servicios porque son más de 16 horas?
Muchísimas gracias
