Hola. Les agradecería su colaboración con este asunto. Mis clientes -18, 23 y 24 años-, salen de un cumpleaños de 15 y se vuelven caminando hacia sus casas. Uno de ellos había ido en bicicleta. Van caminando por el costado de la calle y a mitad de cuadra hay un lomo de burro. Viene un auto y se les aproxima para evitar que las ruedas del lado derecho toquen el referido lomo. En esa maniobra embiste a uno de mis clientes que queda tirado en el piso. El auto frena a unos treinta metros, bajan dos personas y se traban en discusión con mis clientes. El accidentado recobra el conocimiento y la emprende a golpes contra uno de los del auto y le provoca lesiones. Los del auto se van a la comisaria y denuncian a mis clientes de robo y el fiscal califica como en poblado y en banda. Dicen que les robaron un celular y documentación del auto. Mis clientes fueron espontáneamente a la comisaria a solicitar ayuda para ir al hospital y los detienen. El accidentado es asistido en un hospital y lo dejan en observación durante 24 hs, con custodia policial. Al otro día hacen un allanamiento en las viviendas de mis clientes con resultado negativo.
Preguntas:
¿Es conveniente realizar la denuncia en sede fiscal por las lesiones recibidas por mi cliente embestido y preparar la demanda civil interín se sustancia el expediente penal en su contra o debo esperar a que este expediente se resuelva?
¿El hecho de que mi cliente golpeó al embistente configuraría el tipo penal lesiones en riña? ¿Es conveniente solicitar el cambio de carátula? ¿Prosperaría la figura de la legítima defensa por parte de mi cliente?
¿Que otras defensas se podrían plantear? Gracias por su ayuda.
Preguntas:
¿Es conveniente realizar la denuncia en sede fiscal por las lesiones recibidas por mi cliente embestido y preparar la demanda civil interín se sustancia el expediente penal en su contra o debo esperar a que este expediente se resuelva?
¿El hecho de que mi cliente golpeó al embistente configuraría el tipo penal lesiones en riña? ¿Es conveniente solicitar el cambio de carátula? ¿Prosperaría la figura de la legítima defensa por parte de mi cliente?
¿Que otras defensas se podrían plantear? Gracias por su ayuda.