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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #73906  por Cintia Rodriguez
 
Si el empleador pone a disposicion del trabajador la liquidacion,y este cuando va a cobrar nunca esta el dinero,hay algun plazo legal para intimar el cumplimiento?.
Gracias

 #73966  por jfrotela
 
intima por telegrama el cumplimiento manifestando la situacion, y si no hay respuestas inicia seclo si es capital, y demanda si es pcia.... Ahi no van a tener excusas... Saludos. Franco

 #73977  por Cintia Rodriguez
 
Gracias jfrotela.

 #74144  por Ishtar
 
jfrotela escribió:intima por telegrama el cumplimiento manifestando la situacion, y si no hay respuestas inicia seclo si es capital, y demanda si es pcia.... Ahi no van a tener excusas... Saludos. Franco
Agrego a lo que dice Franco que intimes en el telegrama bajo apercibimientos del art.2 ley 25.323 (que dispone un incremento del 50% sobr indemniz por antiguedad, sust de preav. e integ.del mes de despido si el empleador no las paga en tiempo oportuno...)

 #74219  por Cintia Rodriguez
 
Perfecto,gracias.