Estimados foristas: Estoy reeee enojada con la Udai. Denegaron pension por fallecimiento de un afiliado jubilado (con moratoria Ley 24476) porque: "...Quien peticiona la prestación de pension por fallecimiento es titular de un beneficio de Jubilacion por edad avanzada en el IPS - Ctes. el cual se encuentra en curso de pago normal.-
Que el otorgamiento de la prestacion que se gestiona es incompatible con la percepcion del beneficio del cual goza el peticionante, conforme lo normado por el art. 34-bis, Inc. 4 de la Ley 24241, incorporado por la Ley 24.347.-
Que el titular no ha optado por percibir únicamente la prestación que gestiona en autos.-
Que en consecuencia procede desestimar la prestación de Pension Derivada solicitada..."
Es increíble!!! Estàn confundiendo al causante con la prestación de la peticionante viuda con todo su derecho!!!!
OPINIONES ESCUCHO.....
Que el otorgamiento de la prestacion que se gestiona es incompatible con la percepcion del beneficio del cual goza el peticionante, conforme lo normado por el art. 34-bis, Inc. 4 de la Ley 24241, incorporado por la Ley 24.347.-
Que el titular no ha optado por percibir únicamente la prestación que gestiona en autos.-
Que en consecuencia procede desestimar la prestación de Pension Derivada solicitada..."
Es increíble!!! Estàn confundiendo al causante con la prestación de la peticionante viuda con todo su derecho!!!!
OPINIONES ESCUCHO.....