El caso es el siguiente, reco de servicios parcial por Cierre Condicionado de Computos en IPS para ser presentado ante la ANSeS a los efectos de obtener un jubilacion por Nacion y seguir trabajando en Pcia. de Bs AS (No existe incompatibilidad actualmente entre estar jubilado por ANSeS y trabajar en relacion de dependencia en Pcia.).
Tampoco, creo, existe incompatibilidad entre utilizar servicios parcializados de la pcia. para la nacion, siempre que no cambie por la cantidad de los mismos el rol de caja otorgante, lo que me hace dudar es que en la pagina de la DGE dice que en caso de utilizarce servicios para la jubilacion en nacion no podra continuar en el mismo cargo de los servicios reconocidos.
Alguien sabe de donde surge esta incompatibilidad, en que norma consta.... en Nacion existe para los regimenes diferenciales la incompatibilidad de seguir en la actividad diferencial por la cual se jubilo salvo que tuviera la edad y aportes del regimen general... pero en Pcia. de Bs AS???
Tampoco, creo, existe incompatibilidad entre utilizar servicios parcializados de la pcia. para la nacion, siempre que no cambie por la cantidad de los mismos el rol de caja otorgante, lo que me hace dudar es que en la pagina de la DGE dice que en caso de utilizarce servicios para la jubilacion en nacion no podra continuar en el mismo cargo de los servicios reconocidos.
Alguien sabe de donde surge esta incompatibilidad, en que norma consta.... en Nacion existe para los regimenes diferenciales la incompatibilidad de seguir en la actividad diferencial por la cual se jubilo salvo que tuviera la edad y aportes del regimen general... pero en Pcia. de Bs AS???
