Consulta al foro.
Tengo un caso en el que una clienta tuvo un accidente en el colectivo mientras iba en viaje hacia su trabajo.
Ya hay intervención de la ART para cuidar de su salud. Ahora quiere mi cliente entablar la acción por los daños y perjuicios sufridos, debo obligatoriamente encararla contra la ART por tratarse de un accidente in itinere, o puedo iniciarla directamente contra la linea de colectivo y su compañía de seguro por el accidente de transito dentro del colectivo.-
Saludos cordiales.-
Tengo un caso en el que una clienta tuvo un accidente en el colectivo mientras iba en viaje hacia su trabajo.
Ya hay intervención de la ART para cuidar de su salud. Ahora quiere mi cliente entablar la acción por los daños y perjuicios sufridos, debo obligatoriamente encararla contra la ART por tratarse de un accidente in itinere, o puedo iniciarla directamente contra la linea de colectivo y su compañía de seguro por el accidente de transito dentro del colectivo.-
Saludos cordiales.-