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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #745213  por Mariana73
 
Buenas tardes, luego de 4 meses me entero por la hija de mi cliente que él falleció. La duda es que no se si puedo o no continuar con el juicio, estoy confundida ya que aún no se ha dictado sentencia. Antes de la feria sin saber del fallecimiento y como apoderada me notifiqué de la contestación de Anses y me vencería mi contestación la semana próxima. ¿En esta etapa procesal la hija (el era viudo) puede continuar (con D.H.) el juicio? Gracias.
 #745236  por Mariana73
 
Hola, no hay nadie? Les reitero, ¿en etapa de conocimiento si el actor del reajuste fallece la hija puede continuarlo?Gracias
 #745260  por Mariana73
 
Gracias por tú respuesta. Mi duda surgió porque buscando en el foro creo que hacen una diferencia en el caso de los hijos y si aún no se ha dictado sentencia.
 #745267  por Alejandra Radua
 
Mariana73 escribió:Buenas tardes, luego de 4 meses me entero por la hija de mi cliente que él falleció. La duda es que no se si puedo o no continuar con el juicio, estoy confundida ya que aún no se ha dictado sentencia. Antes de la feria sin saber del fallecimiento y como apoderada me notifiqué de la contestación de Anses y me vencería mi contestación la semana próxima. ¿En esta etapa procesal la hija (el era viudo) puede continuar (con D.H.) el juicio? Gracias.
Tuve un caso igual, pero con sentencia. Como anses no apeló presenté escrito denunciando el fallecimiento y acreditando el vínculo.
En el proveído se ordenó que acreditara la calidad de heredera, por lo que voy a acompañar fotocopia de la declaratoria de herederos dictada en el sucesorio.
 #745523  por GAVA
 
No pasa nada podes perfectamente continuar con el juicio, aun cuando no denunciaras el fallecimiento hasta tener la declaratoria para que el juicio no se frene, los Tribunales entienden que continuaste el mandato en beneficio de los herederos.
Muchas veces un cliente fallece y vos no te enteres mucho tiempo despues, y el juicio aun lo continuaste. Lo que si no haria jamas es renunciar a un derecho, a un recurso ...etc. solo actos conservatorios o que protejan sus derechos. Distinta es la situacion cuando expresamente el heredero te dice o que manifiesta que no sabe si va a continuar con tu mandato.
 #745561  por alejandra01
 
se que se puede. Cuando leí el post pensé lo que te dice Gava..no denuncies el fallecimiento hasta tener la declaratoria...para que frenar todo?.
Saludos..
 #745616  por ale2812
 
hola los juicios de reajustes, son los unicos donde los derechohabientes se pueden presentar sin hacer la sucesion, asi que segui para adelante, igual por la dudas empeza a hacerle la suceion porque por ahi el banco sea el que se ponga quisquilloso con el tema de la declaratoria.suerte
 #745673  por Alejandra Radua
 
ale2812 escribió:hola los juicios de reajustes, son los unicos donde los derechohabientes se pueden presentar sin hacer la sucesion, asi que segui para adelante, igual por la dudas empeza a hacerle la suceion porque por ahi el banco sea el que se ponga quisquilloso con el tema de la declaratoria.suerte
Sin embargo en el juzgado 9 me pidieron copia certificada de la declaratoria de herederos. La única heredera es la hija.
 #746789  por markello
 
Que mezcla.

A ver, primero seria interesante saber que juzgado es.

Como apoderada podes estar un tiempo sin saber que fallecio el actor y continuar sin problema, el tema es no extenderse mucho tiempo -3/4 meses sería lo ideal-.

Todos sabemos que al fallecer el actor no tenemos más representación y salvo presentacíones que puedan hacer perder el derecho a los potenciales herederos, cosa que en previsional no sucede si trabajamos con cierto orden, no podemos hacer nada, pero de hecho seguimos un tiempo más.

Por supuesto corresponde denunciar pero debemos ver el momento y oportunidad. El hecho de saber el juzgado, ejemplo el 8, no podemos estar luego de contestar la demanda meses y meses solicitando oficios reiteratorios para remisión de expedientes como si nada hubiera sucedido.

Tengamos en cuenta el juzgado, si hace falta excesiva actividad o como en el 5 luego de contestar traslado y notificar el puro derecho sale la sentencia.

Por otro lado, al momento de acreditar a los herederos si o si necesitas la copia certificada de la declaratoria. Por tanto hay tiempo para que los herederos obtengan la declaratoria y presentarla en el exte. sin interrumpir ningun plazo, pero hay que ser expeditivo en el sucesorio y no emocionarse en continuar mucho tiempo en el reajuste sin denunciar el cese fisico del actor.

saludos
 #746806  por Mariana73
 
Gracias Markello. Por supuesto que al fallecer el poderdante el poder queda sin efecto y de todo lo actuado con posterioridad Anses podría pedir la nulidad. Mi consulta era, si siendo viudo el titular y sin sentencia aún la hija con DH puede continuar el juicio o no. Ya que la jubilación es personal y sólo se convertiría en pensión si hay alguien con derecho a ella. Por lo tanto al no formar la jubilación parte del acervo hereditario y no haber sentencia aún, me encontraba en la duda si los hijo podían continuarlo.
 #747975  por GAVA
 
Mariana73 escribió:Gracias Markello. Por supuesto que al fallecer el poderdante el poder queda sin efecto y de todo lo actuado con posterioridad Anses podría pedir la nulidad. Mi consulta era, si siendo viudo el titular y sin sentencia aún la hija con DH puede continuar el juicio o no. Ya que la jubilación es personal y sólo se convertiría en pensión si hay alguien con derecho a ella. Por lo tanto al no formar la jubilación parte del acervo hereditario y no haber sentencia aún, me encontraba en la duda si los hijo podían continuarlo.
En el caso que mencionas, que no hay viuda, lo que te tiene que referenciar no es la jubilación sino el credito del retroactivo que ese si que es parte del acervo, por eso es que necesitas si o si tramitar la sucesion para cobrarlo.
 #748290  por lola442
 
Me engancho en el tema y pregunto como hacen en el caso donde si hay viuda, hace falta la declartoria o presentan directamente la resolucion de la pension.
Pregunto porque en mi caso hay viuda sin hijos y sin bienes, si hay que hacer sucesion es solo por este tema.
Gracias