Que mezcla.
A ver, primero seria interesante saber que juzgado es.
Como apoderada podes estar un tiempo sin saber que fallecio el actor y continuar sin problema, el tema es no extenderse mucho tiempo -3/4 meses sería lo ideal-.
Todos sabemos que al fallecer el actor no tenemos más representación y salvo presentacíones que puedan hacer perder el derecho a los potenciales herederos, cosa que en previsional no sucede si trabajamos con cierto orden, no podemos hacer nada, pero de hecho seguimos un tiempo más.
Por supuesto corresponde denunciar pero debemos ver el momento y oportunidad. El hecho de saber el juzgado, ejemplo el 8, no podemos estar luego de contestar la demanda meses y meses solicitando oficios reiteratorios para remisión de expedientes como si nada hubiera sucedido.
Tengamos en cuenta el juzgado, si hace falta excesiva actividad o como en el 5 luego de contestar traslado y notificar el puro derecho sale la sentencia.
Por otro lado, al momento de acreditar a los herederos si o si necesitas la copia certificada de la declaratoria. Por tanto hay tiempo para que los herederos obtengan la declaratoria y presentarla en el exte. sin interrumpir ningun plazo, pero hay que ser expeditivo en el sucesorio y no emocionarse en continuar mucho tiempo en el reajuste sin denunciar el cese fisico del actor.
saludos