Planteo caso de hombre de 65 años, la situación de revista del SICAM coincide con “datos personales” (actividad 000 desde 1968 a 1994, último pago). Con la aplicación del art. 3º en períodos impagos me da deuda “0”.
Como me faltan alrededor de 4 años para llegar a los 30 años, amplío para atrás hasta 1964, y me sigue dando deuda “0”, quizás porque me traslada pagos de alguna moratoria.
Al dar deuda cero, en datos de liquidación va “Ley 24.241”.
Hasta ahí creo que todo está bien.
La pregunta es, en base a lo que dice la Circular 33/11, si ANSES me va a pedir pruebas de esos 4 años que amplío y no están en el PUC, ya que la circular expresamente establece que no se exigirán pruebas antes de 1993 por los períodos incluidos en el plan de facilidades de pago ley 24.476.Y en este caso, reitero, al tener deuda cero, va por ley 24.241. Si es así, o sea que me van a exigir pruebas de esos 4 años (y no las tengo), una alternativa es generar una deuda mínima y aplicar la ley 24.476.
Agradeceré opiniones.
Como me faltan alrededor de 4 años para llegar a los 30 años, amplío para atrás hasta 1964, y me sigue dando deuda “0”, quizás porque me traslada pagos de alguna moratoria.
Al dar deuda cero, en datos de liquidación va “Ley 24.241”.
Hasta ahí creo que todo está bien.
La pregunta es, en base a lo que dice la Circular 33/11, si ANSES me va a pedir pruebas de esos 4 años que amplío y no están en el PUC, ya que la circular expresamente establece que no se exigirán pruebas antes de 1993 por los períodos incluidos en el plan de facilidades de pago ley 24.476.Y en este caso, reitero, al tener deuda cero, va por ley 24.241. Si es así, o sea que me van a exigir pruebas de esos 4 años (y no las tengo), una alternativa es generar una deuda mínima y aplicar la ley 24.476.
Agradeceré opiniones.
