Hola, tengo un caso complicado (por lo menos para mi)
Un cliente tiene un retiro policial. Quiere ver si puede hacer ademas una jubilacion ordinaria.
Tiene aportes en Relacion de dependencia en ENCOTEL con certificacion.
1a. 2m 15d con privilegio ley 23429 y decreto 2033/86
10a 2m y 19d servicios comunes
A su vez tiene afiliacion como autonomo desde 02/1980.
Las dudas son varias:
1) puede tramitar la jubilacion? En ese caso debe pagar de contado la moratoria?
2) Si uso servicios comunes para el retiro policial no los puede usar ahora para la jubilacion?
3) En cuanto a los servicios por ENCOTEL se toman como lo dice la certificacion? o hay alguna norma posterior que otorgue privilegio mayor?
4) Es obligatorio tener la autorizacion contemporanea de la correspondiente autoridad para ejercer otra actividad distinta a la policial? Ello seria para comprar por moratoria y que acepten el ingreso del tramite.
Un cliente tiene un retiro policial. Quiere ver si puede hacer ademas una jubilacion ordinaria.
Tiene aportes en Relacion de dependencia en ENCOTEL con certificacion.
1a. 2m 15d con privilegio ley 23429 y decreto 2033/86
10a 2m y 19d servicios comunes
A su vez tiene afiliacion como autonomo desde 02/1980.
Las dudas son varias:
1) puede tramitar la jubilacion? En ese caso debe pagar de contado la moratoria?
2) Si uso servicios comunes para el retiro policial no los puede usar ahora para la jubilacion?
3) En cuanto a los servicios por ENCOTEL se toman como lo dice la certificacion? o hay alguna norma posterior que otorgue privilegio mayor?
4) Es obligatorio tener la autorizacion contemporanea de la correspondiente autoridad para ejercer otra actividad distinta a la policial? Ello seria para comprar por moratoria y que acepten el ingreso del tramite.
