Un heredero realiza cesión de derechos hereditarios a otro co-heredero, lo agrega por escritura publica en el expediente. Una acreedora del heredero cedente (que ya no tiene derechos patrimoniales en la sucesión porque los ha cedido) inicia una acción de colación, pretende que su deudor (heredero cedente) logre tener patrimonio a traves de la colación y así cobrarse su crédito.
¿Puede una acreedora del heredero iniciar la colación? Entiendo que lo hace como acción subrogatoria (se subroga en los derechos del heredero cedente, dado que este se mantiene inactivo), entiendo que esa presentación es nula porque el heredero cedente al ceder todos su derechos (lo hizo mucho antes en el tiempo que la acción de colación) NO TIENE DERECHOS SOBRE LA SUCESIÓN, entonces la acreedora NO PUEDE subrogarse en sus derechos, porque no los tiene. El heredero cedente estaba inactivo porque había cedido sus derechos.
Espero comentarios y sugerencias, soy abogada del heredero cedente, gracias
JV
¿Puede una acreedora del heredero iniciar la colación? Entiendo que lo hace como acción subrogatoria (se subroga en los derechos del heredero cedente, dado que este se mantiene inactivo), entiendo que esa presentación es nula porque el heredero cedente al ceder todos su derechos (lo hizo mucho antes en el tiempo que la acción de colación) NO TIENE DERECHOS SOBRE LA SUCESIÓN, entonces la acreedora NO PUEDE subrogarse en sus derechos, porque no los tiene. El heredero cedente estaba inactivo porque había cedido sus derechos.
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JV
¿Será Justicia?