Hola!! Le scuento que un juicio en el Juz.1 yo presente D.H. y como no son herederos con derecho a pensión me dijeron que no les corresponde el derecho. Que hago??
jrsalazar escribió:Tengo un caso similiar como el planteado por la colega que inició la discusión.
Mi cliente falleció, la semana pasada, el plazo para que ANSES conteste demanda vence este lunes 12 de noviembre, es decir que seguramente como es habitual van a contestar y van a oponer excepciones.
Pregunté en el Juzgado es el 10, ahí me dijeron que la señora se puede presentar directamente como continuadora presentando, partida de defunción de mi cliente, certificado de matrimonio y "constancia de inicio de trámite de pensión". El tema es que todavía no tiene la partida de matrimonio actualizada (recien la recibe el 13 de noviembre) y tiene que acreditar datos y posteriormente presentarse con turno a ANSES (percibe renta vitalicia de origenes). En sintesis, si ANSES opone excepciones, no creo que yo llegue a tiempo para contestar ese traslado con la firma de la esposa de mi cliente. Mi pregunta puntual es si yo puedo contestar las excepciones con el poder del fallecido y luego presentarme con la esposa? o si existe alguna otra opcion. Gracias
markello escribió:Seria interesante tener conocimiento sobre el estadio procesal que se encuentra el exte judicial.
En caso que este en plena etapa de conocimiento y el juzgado rechace la continuadad del juicio de reajuste acreditando a los herederos, somos de la opinion de plantear una revocatoria con apelacion en subsidio.
Muy raro la negativa en la presentacion de herederos declarados en el sucesorio.
saludos