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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #750040  por elizcalifano
 
Hola!! Le scuento que un juicio en el Juz.1 yo presente D.H. y como no son herederos con derecho a pensión me dijeron que no les corresponde el derecho. Que hago??
 #750101  por GAVA
 
Debe ser que hay pensionada, cuando hay pensionada se excluyen los herederos. En ese caso, hay que presentar la resolucion que otorga la pension
 #750110  por elizcalifano
 
No, la fallecida era titular de una pensión y no tiene hijos menores, o sea que los unicos herederos son los sobrinos.
 #750266  por markello
 
Seria interesante tener conocimiento sobre el estadio procesal que se encuentra el exte judicial.

En caso que este en plena etapa de conocimiento y el juzgado rechace la continuadad del juicio de reajuste acreditando a los herederos, somos de la opinion de plantear una revocatoria con apelacion en subsidio.

Muy raro la negativa en la presentacion de herederos declarados en el sucesorio.

saludos
 #910356  por jrsalazar
 
Tengo un caso similiar como el planteado por la colega que inició la discusión.
Mi cliente falleció, la semana pasada, el plazo para que ANSES conteste demanda vence este lunes 12 de noviembre, es decir que seguramente como es habitual van a contestar y van a oponer excepciones.
Pregunté en el Juzgado es el 10, ahí me dijeron que la señora se puede presentar directamente como continuadora presentando, partida de defunción de mi cliente, certificado de matrimonio y "constancia de inicio de trámite de pensión". El tema es que todavía no tiene la partida de matrimonio actualizada (recien la recibe el 13 de noviembre) y tiene que acreditar datos y posteriormente presentarse con turno a ANSES (percibe renta vitalicia de origenes). En sintesis, si ANSES opone excepciones, no creo que yo llegue a tiempo para contestar ese traslado con la firma de la esposa de mi cliente. Mi pregunta puntual es si yo puedo contestar las excepciones con el poder del fallecido y luego presentarme con la esposa? o si existe alguna otra opcion. Gracias
 #910424  por alejandra01
 
si...hay post del tema porque ya se trató.
Seguí como si no te hubieras enterado de nada hasta la sentencia, y después si encuentro el post que te digo lo pego acá..
jrsalazar escribió:Tengo un caso similiar como el planteado por la colega que inició la discusión.
Mi cliente falleció, la semana pasada, el plazo para que ANSES conteste demanda vence este lunes 12 de noviembre, es decir que seguramente como es habitual van a contestar y van a oponer excepciones.
Pregunté en el Juzgado es el 10, ahí me dijeron que la señora se puede presentar directamente como continuadora presentando, partida de defunción de mi cliente, certificado de matrimonio y "constancia de inicio de trámite de pensión". El tema es que todavía no tiene la partida de matrimonio actualizada (recien la recibe el 13 de noviembre) y tiene que acreditar datos y posteriormente presentarse con turno a ANSES (percibe renta vitalicia de origenes). En sintesis, si ANSES opone excepciones, no creo que yo llegue a tiempo para contestar ese traslado con la firma de la esposa de mi cliente. Mi pregunta puntual es si yo puedo contestar las excepciones con el poder del fallecido y luego presentarme con la esposa? o si existe alguna otra opcion. Gracias
 #910616  por drany
 
Como la pensión deriva del derecho jubilatorio, la viuda tiene derecho al cobro del retroactivo.-
Solo se precisa acreditar el vínculo con el de cujus. No hace falta declaratoria.
Esto es jurisprudencia de Corte.
Por eso me parece que algún forista se confundió ya que el retroactivo a cobrar conforme sentencia por el actor fallecido FORMA PARTE DEL PATRIMONIO RELICTO, EXCEPTO que exista conyuge supérstite.-
Saludos
 #910630  por DoctoraChicha
 
markello escribió:Seria interesante tener conocimiento sobre el estadio procesal que se encuentra el exte judicial.

En caso que este en plena etapa de conocimiento y el juzgado rechace la continuadad del juicio de reajuste acreditando a los herederos, somos de la opinion de plantear una revocatoria con apelacion en subsidio.

Muy raro la negativa en la presentacion de herederos declarados en el sucesorio.

saludos

Sip...sip...JE JE JE JE JEEEEE :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
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