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  • Alimentos provisorios...hasta cuando?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #751179  por Maruchis
 
El caso es asi.
Se inicia una demanda de Filiación, alimentos y Daños y Perjuicios, con petición de alimentos provisorios. El juez concede los alimentos provisorios y dice que por ahora los alimentos no. (primera rareza) El menor cuenta a esa fecha con siete años.
Se dicta sentencia de primera instancia donde se pronuncia sobre la filiacion del menor ( hasta esto habian pasado seis años).y condena tambien a pagar los daños y perjuicios.
Pido aclaratoria con apelación en subsidio porque no se pronunció sobre los alimentos.Hace lugar a la aclaratoria y dice que los alimentos provisorios se mantienen sin perjuicio de que deberé iniciar alimentos por otra via. Apelo, ( me rechaza la apelación por una tema procesal, voy en queja a la cámara, la cámara dice que la apelación debe concederse) .....A esto, el menor cuenta ya con 17 años. (Locura total)
Actualmente el expediente esta en la cámara para resolver si revoca la sentencia de primera instancia y en su lugar ordene fijar alimentos definitivos y no ocurrir por otra via, con lo cual perjudicaria enormemente al alimentado.
Mientras transcurrió el juicio el obligado no pago ni los alimentos provisorios por lo que inicie la ejecución de los alimentos provisorios acumulados impagos en el año 2007. los que se fueron embargando de su salario hasta el monto establecido en la liquidación. Una vez cubierto ese monto automáticamente se dejó de depositar.
El conflicto es el siguiente:
La sentencia de primera instancia es del 2008, la liquidación de alimentos provisorios impagos acumulados se hizo hasta octubre del 2007. Si entendemos que los alimentos provisorios corren hasta la sentencia que determina los alimentos definitivos, supuestamente solo podria hacer una nueva planilla de liquidacion hasta el 2008, pero ete aqui que en este proceso el juez no fijó alimentos definitivos, dijo que los provisorios se mantienen pero que vaya por los alimentos definitivos por otra via....
Hasta donde rigen entonces los alimentos provisorios? hasta que la cámara se pronuncie en su caso revocando la sentencia de primera instancia? o hasta la fecha de sentencia de primera instancia?....si tomamos esta segunda alternativa....el alimentado no percibiria nada hasta el dictado de la sentencia de segunda instancia? que sabemos, puede tardar meses?
Que opinan? Si puede aportarme doctrina y jurisprudencia...agradecida
 #751193  por ANAMARIAP
 
Es en prov de Bs As? Pregunto para poder ayudar con jurisprudencia. Para mí son provisorios hasta el dictado de la sentencia de 1ra inst, transformándose desde allí en definitivos - y el hecho de que se haya apelado no significa que se dejen de pagar por ese período-, es mi humilde opinión. Un saludo, ANAMARIA.
 #751199  por Maruchis
 
Ana Maria no es en provincia de Buenos Aires, es Sgo del Estero. Normalmente seria asi, pero el problema es que aca la sentencia de primera instancia dijo si a los provisorios pero que inicie accion por otra via por los definitivos, o sea, no hace lugar a los alimentos en el mismo juicio de filiacion aunque aclara que se mantienen los provisorios, o sea que no tengo una sentencia de alimentos definitiva, pero si provorios. Entonces si los provosorios fnalizan con el dictado de la sentencia de primera instancia y comienzan a correr los definitivos y no tengo sententencia de alimentos definitivos, hasta donde van los provisorios que es lo unico que tengo ? Por eso apelé.
 #751233  por ANAMARIAP
 
Claro, pasa que es ilógico, si en el mismo expediente hicieron lugar a los provisorios, ¿Por qué ahora quieren que vayas por otra vía? Me parece que o hacen lugar de entrada a la accion por alimentos o no. De todas maneras, quizás para ahorrar tiempo, te conviene iniciarlos por vía separada y pedir acumulacion de expedientes, que se tenga en cuenta el momento de solicitud de alimentos (de aquella vez en que lo solicitaste) a fin de que se retrotaigan los alimentos definitivos a aquella fecha. De lo contrario pueden decirte que se deben desde la interposicion ultima del nuevo expediente.
Un saludo, ANAMARIA
 #751720  por yebi
 
te ha dado los alimentos provisorios como medida cautelar y no me parece mal. Lo q me parece mal es que no este cobrandolos! o si?...si los esta cobrando no pensarias en liquidaciones....
Bueno yo iniciaria un alimentos con nuevo pedido de provisorios, lo que se dejara sin efectos los de esa medida por nota...no veo el inconveniente.
El niño esta cobrando?
 #757229  por Maruchis
 
Gracias por sus respuestas,
Esto es increible, el juicio comenzó cuando el menor tenia 7 años y actualmente tiene 18 y esta estudiando en la universidad. Los alimentos provisorios solo fe posible cobrarlos via embargo, para lo cual se hizo una liquidación y se fijó un monto total, cubierto ese monto, dejaron de depositar los alimentos, por eso ahora que quiero hacer nueva liquidación, se me planteó la duda de hasta cuando correrian, si hasta la fecha de sentencia de primera instancia que me manda a iniciar alimentos o si corren hasta la fecha actual, teniendo en cuenta que esta esta apelada la sentencia en la cámara. Si practico liquidación hasta la sentencia no llego ni a $1000 porque aun siguen en la irrisoria suma de $200, cuando el demandado cobra $5000.
 #757303  por Carmen Susana
 
El Juez de la Filiación mantuvo los provisorios, lo cual me parece perfecto atendiendo al Interés Superior del Menor.- Mas ordenó que se fijen los definitivos en un proceso de alimentos.- Me pregunto, por qué motivo no iniciaste el proceso de alimentos, para obtener los definitivos? Sabido es que no existen definitivos, ya que la cuota puede modificarse.- Hasta cuando los provisorios? tal como expresas el propio Juez te dice que hasta que inicies juicio por alimentos, el cual es un juicio especial, que no tiene cabida en un proceso ordinario tal cual es la filiación.-
 #758042  por berequete
 
Y el tema de los alimentos quizá no te los fijo si vos la iniciaste con la filiación a la vez, no te la pueden tomar nunca a mi entender, si no está reconocido, hasta que tengas la sentencia de filiación y quede reconocido como hijo de xx, recién ahí tendrías que iniciar la de alimentos, que te fijen los provisorios y luego con la sentencia lo que le corresponda pasar. Con respecto a los alimentos yo siempre pido que fijen un porcentaje por hijo 20% regulan por lo general, para no tener que pedir luego más adelante un incidente de cuota alimentaria, dado la inflación de nuestro país.
 #758053  por Maruchis
 
En realidad hay mucha jurisprudencia que permite fijar provisorios durante la tramitación del juicio de filiación, por eso me los fijaron.La sentencia de filiacion ya esta, ya esta acreditado el vinculo y en una aclaratoria que pedi me dice que los provisorios se mantienen, un procesalista me dijo que quiere decir que se mantienen los que se habian venido pagando pero no para el futuro, y ahi está mi duda, como aun no tengo alimentos fijados, quiero saber hasta donde corren los provisorios, si hasta la sentencia de primera instancia o hasta que obtenga sentencia de alimentos, porque en ambos casos la liquidacion que tengo que hacer es diferente.
Si alguien tiene algun tipo de jurisprudencia o doctrina que lo aclare, estaré muy agradecida. Gracias
berequete escribió:Y el tema de los alimentos quizá no te los fijo si vos la iniciaste con la filiación a la vez, no te la pueden tomar nunca a mi entender, si no está reconocido, hasta que tengas la sentencia de filiación y quede reconocido como hijo de xx, recién ahí tendrías que iniciar la de alimentos, que te fijen los provisorios y luego con la sentencia lo que le corresponda pasar. Con respecto a los alimentos yo siempre pido que fijen un porcentaje por hijo 20% regulan por lo general, para no tener que pedir luego más adelante un incidente de cuota alimentaria, dado la inflación de nuestro país.
 #758191  por Carmen Susana
 
El procesalista tiene razón.- Si contesté lo que expresé fue que dijiste que pediste aclaratoria y el Juez dijo que se mantienen los provisorios.- Ergo, hacé planilla como si se mantuvieran los provisorios.- Lo que sucede es que los jueces dictan las sentencias y no dicen que se deja sin efecto la cautelar, tal como debería ser y le doy 100 por cien al procesalista.- Mas nosotros hacemos lo que los jueces dicen si nos conviene.- Suerte.-
 #758219  por Maruchis
 
Gracias Carmen, si habia pensado hacer planilla hasta la fecha actual, tomando como fundamento la aclaratoria del juez diciendo que se mantienen los provisorios y en todo caso que se oponga la contraria. Saludos.

Carmen Susana escribió:El procesalista tiene razón.- Si contesté lo que expresé fue que dijiste que pediste aclaratoria y el Juez dijo que se mantienen los provisorios.- Ergo, hacé planilla como si se mantuvieran los provisorios.- Lo que sucede es que los jueces dictan las sentencias y no dicen que se deja sin efecto la cautelar, tal como debería ser y le doy 100 por cien al procesalista.- Mas nosotros hacemos lo que los jueces dicen si nos conviene.- Suerte.-