El caso es asi.
Se inicia una demanda de Filiación, alimentos y Daños y Perjuicios, con petición de alimentos provisorios. El juez concede los alimentos provisorios y dice que por ahora los alimentos no. (primera rareza) El menor cuenta a esa fecha con siete años.
Se dicta sentencia de primera instancia donde se pronuncia sobre la filiacion del menor ( hasta esto habian pasado seis años).y condena tambien a pagar los daños y perjuicios.
Pido aclaratoria con apelación en subsidio porque no se pronunció sobre los alimentos.Hace lugar a la aclaratoria y dice que los alimentos provisorios se mantienen sin perjuicio de que deberé iniciar alimentos por otra via. Apelo, ( me rechaza la apelación por una tema procesal, voy en queja a la cámara, la cámara dice que la apelación debe concederse) .....A esto, el menor cuenta ya con 17 años. (Locura total)
Actualmente el expediente esta en la cámara para resolver si revoca la sentencia de primera instancia y en su lugar ordene fijar alimentos definitivos y no ocurrir por otra via, con lo cual perjudicaria enormemente al alimentado.
Mientras transcurrió el juicio el obligado no pago ni los alimentos provisorios por lo que inicie la ejecución de los alimentos provisorios acumulados impagos en el año 2007. los que se fueron embargando de su salario hasta el monto establecido en la liquidación. Una vez cubierto ese monto automáticamente se dejó de depositar.
El conflicto es el siguiente:
La sentencia de primera instancia es del 2008, la liquidación de alimentos provisorios impagos acumulados se hizo hasta octubre del 2007. Si entendemos que los alimentos provisorios corren hasta la sentencia que determina los alimentos definitivos, supuestamente solo podria hacer una nueva planilla de liquidacion hasta el 2008, pero ete aqui que en este proceso el juez no fijó alimentos definitivos, dijo que los provisorios se mantienen pero que vaya por los alimentos definitivos por otra via....
Hasta donde rigen entonces los alimentos provisorios? hasta que la cámara se pronuncie en su caso revocando la sentencia de primera instancia? o hasta la fecha de sentencia de primera instancia?....si tomamos esta segunda alternativa....el alimentado no percibiria nada hasta el dictado de la sentencia de segunda instancia? que sabemos, puede tardar meses?
Que opinan? Si puede aportarme doctrina y jurisprudencia...agradecida
Se inicia una demanda de Filiación, alimentos y Daños y Perjuicios, con petición de alimentos provisorios. El juez concede los alimentos provisorios y dice que por ahora los alimentos no. (primera rareza) El menor cuenta a esa fecha con siete años.
Se dicta sentencia de primera instancia donde se pronuncia sobre la filiacion del menor ( hasta esto habian pasado seis años).y condena tambien a pagar los daños y perjuicios.
Pido aclaratoria con apelación en subsidio porque no se pronunció sobre los alimentos.Hace lugar a la aclaratoria y dice que los alimentos provisorios se mantienen sin perjuicio de que deberé iniciar alimentos por otra via. Apelo, ( me rechaza la apelación por una tema procesal, voy en queja a la cámara, la cámara dice que la apelación debe concederse) .....A esto, el menor cuenta ya con 17 años. (Locura total)
Actualmente el expediente esta en la cámara para resolver si revoca la sentencia de primera instancia y en su lugar ordene fijar alimentos definitivos y no ocurrir por otra via, con lo cual perjudicaria enormemente al alimentado.
Mientras transcurrió el juicio el obligado no pago ni los alimentos provisorios por lo que inicie la ejecución de los alimentos provisorios acumulados impagos en el año 2007. los que se fueron embargando de su salario hasta el monto establecido en la liquidación. Una vez cubierto ese monto automáticamente se dejó de depositar.
El conflicto es el siguiente:
La sentencia de primera instancia es del 2008, la liquidación de alimentos provisorios impagos acumulados se hizo hasta octubre del 2007. Si entendemos que los alimentos provisorios corren hasta la sentencia que determina los alimentos definitivos, supuestamente solo podria hacer una nueva planilla de liquidacion hasta el 2008, pero ete aqui que en este proceso el juez no fijó alimentos definitivos, dijo que los provisorios se mantienen pero que vaya por los alimentos definitivos por otra via....
Hasta donde rigen entonces los alimentos provisorios? hasta que la cámara se pronuncie en su caso revocando la sentencia de primera instancia? o hasta la fecha de sentencia de primera instancia?....si tomamos esta segunda alternativa....el alimentado no percibiria nada hasta el dictado de la sentencia de segunda instancia? que sabemos, puede tardar meses?
Que opinan? Si puede aportarme doctrina y jurisprudencia...agradecida