HOLA!!! estuve viendo post del "impuesto a la herencia", pero en ninguno está lo que busco, por eso posteo este tema:
si bien hace poquito salió la resolución de Arba indicando el procedimiento para la liquidación del impuesto, alguien sabe cómo se hace realmente en las sucesiones??????? porq me surgen varias dudas:
- tiene q hacer una declaracion jurada cada heredero???? y cada uno pagar el porcentaje?? en mi caso son todos hermanos los herederos y la sucesión es de los padres.
- si la declaratoria es del año pasado, y la orden de inscripción es de este año, tributa igual??? porq en los casos q tengo la dh es de fines de 2010 y la orden de inscripción es de ahora, pero salió con un "previo cúmplase con la ley 14.200".
- otra cosa, por lo q dice la ley 14044 el hecho imponible se genera cuando fallece la persona (en este caso año 76 el padre y 94 la madre), y que el monto se debe desde q se generó el hecho imponible.. o sea, me corren intereses desde ese año??????? no debería pero...... Por otra parte dice q el tributo se ingresa dentro de los 24 meses de generado el hecho imponible..
y tengo unas cuantas dudas más...
ahh es una sucesion en pcia de bs. as., con bienes en bs. as. y dos herederos de pcia. de bs as y uno en capital federal.
por favor si alguien sabe algo de todo esto se lo voy a agradecer infinitamente!!
estuve llamando al colegio de abogados de san martín y me dijeron q en la "sala del colegio" están bien informados del tema; me dieron el teléfono.. donde nadie atiende.... así q sigo en la misma
Gracias!!!!!!!
VNatalia
Miembro
si bien hace poquito salió la resolución de Arba indicando el procedimiento para la liquidación del impuesto, alguien sabe cómo se hace realmente en las sucesiones??????? porq me surgen varias dudas:
- tiene q hacer una declaracion jurada cada heredero???? y cada uno pagar el porcentaje?? en mi caso son todos hermanos los herederos y la sucesión es de los padres.
- si la declaratoria es del año pasado, y la orden de inscripción es de este año, tributa igual??? porq en los casos q tengo la dh es de fines de 2010 y la orden de inscripción es de ahora, pero salió con un "previo cúmplase con la ley 14.200".
- otra cosa, por lo q dice la ley 14044 el hecho imponible se genera cuando fallece la persona (en este caso año 76 el padre y 94 la madre), y que el monto se debe desde q se generó el hecho imponible.. o sea, me corren intereses desde ese año??????? no debería pero...... Por otra parte dice q el tributo se ingresa dentro de los 24 meses de generado el hecho imponible..
y tengo unas cuantas dudas más...
ahh es una sucesion en pcia de bs. as., con bienes en bs. as. y dos herederos de pcia. de bs as y uno en capital federal.
por favor si alguien sabe algo de todo esto se lo voy a agradecer infinitamente!!
estuve llamando al colegio de abogados de san martín y me dijeron q en la "sala del colegio" están bien informados del tema; me dieron el teléfono.. donde nadie atiende.... así q sigo en la misma
Gracias!!!!!!!
VNatalia
Miembro