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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #753666  por viko
 
tengo entendido que un escribano puede escriturar el acto, sin el asentimiento conyugal (que es consentimiento conyugal) pero debe hacer expresa mencion al punto en la escritura.
es decir, escritura ante la insistencia de las partes y el conocimiento que falta el asentimiento.-
saludos
 #754298  por ody
 
Si el BIEN GANANCIAL no era asiento del hogar conyugal (art. 1277 del CC) NO NECESITA FIRMAR ASENTIMIENTO el cònyuge. Obviamente, x vìa judicial, puede reclamar el 50% del bien. Entiendo q la Escribanìa interveniente, habrà tomado recaudos. El comprador si es de buena fe, no tiene nada q ver. Saludos. Ody
 #754718  por viko
 
estas confundido ody:
el asentimiento es necesario sea el bien domicilio conyugal o no. si es ganancial, debe haber asentimiento.
el art. 1277 se refiere al caso del bien propio (propio = no ganancial) que es asiento del matrimonio; y entocnes lo protege como si fuera ganancial
saludos