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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #755138  por generalacha1
 
Hola a todos. Tengo el siguiente problema. Un cliente se jubiló por la ley 8024 de Córdoba y posterior a eso, constituyó una sociedad anónima, de la que es accionista y percibe un honorario como "director sin sueldo" (no realiza aportes - a la nación - pero si paga ART). La caja me inicia una causa porque entiende que reingresó a la actividad. Alguien tiene idea de como soluciono esto?
 #755158  por noelin
 
TENES Q CUESTIONAR EL RECLAMO AFIRMANDO LA NATURALEZA DE LOS HONORARIOS, Q NO SON REMUNERACION EN EL SENTIDO DE LA LEY LABORAL. NOSOTROS COBRAMOS HONORARIOS Y NO SOMOS EMPLEADOS. LO Q PUEDE OCURRIR ES Q LE PAGUEN SUELDO COMO SOCIO GERENTE. LO DIGO POR LA ART. HABRIA Q ANALIZAR ESO.