Hola, necesito hacerles una consulta, tengo un divorcio por presentacion conjunta y el juzgado de familia nro 4 de lomas de zamora me pide que cumpla con el art 113 y 115 de la ley 5.177, la lei mil veces y entiendo lo que dice pero ¿como se lleva a cabo en la practica la autorizacion de un procurador conforme a esa ley? seguramente es algo muy simple pero no lo se,ayudaaaa