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  • art 113 y 115 de la ley 5.177

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #754434  por vanish1988
 
Hola, necesito hacerles una consulta, tengo un divorcio por presentacion conjunta y el juzgado de familia nro 4 de lomas de zamora me pide que cumpla con el art 113 y 115 de la ley 5.177, la lei mil veces y entiendo lo que dice pero ¿como se lleva a cabo en la practica la autorizacion de un procurador conforme a esa ley? seguramente es algo muy simple pero no lo se,ayudaaaa
 #754489  por kantaclaro
 
Dichos arts. se refieren a las partes autorizadas a consultar las actuaciones. Para el caso, a que se refieren concretamente?. Sds