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  • Formulario 460F - Sit. de revista

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #759135  por mmoreno
 
Una asesora del Afip, muy amable y predispuesta, modificó la situación de Revista que tenía a efectos de que el jubilable pague $700 menos de deuda, el problema radica en que para que la nueva liquidación surta efecto, debo presentar un formulario 460 F + la copia de DDJJ desde 01/96 hasta el 06/98 + una multinota solicitando algunas cosas. Por mi parte no me opuse a la modificación porque pensé que la diferencia iba a ser mas grande.
Aparentemente el cliente no quiere esperar más y está dispuesto a pagar la diferencia de $700.
Mi pregunta es: Si vuelvo a dejar la Sit. de revista como estaba, volviendo a colocar los mismos periodos respetando las categorías que figuran en Datos Personales, ¿Podría tener problemas? Pregunto porque desconozco si pudo haber hecho alguna modificación en la cuenta del cliente, afuera del SICAM que afecte el plan.
 #759152  por MARIO1943
 
mmoreno escribió:Una asesora del Afip, muy amable y predispuesta, modificó la situación de Revista que tenía a efectos de que el jubilable pague $700 menos de deuda, el problema radica en que para que la nueva liquidación surta efecto, debo presentar un formulario 460 F + la copia de DDJJ desde 01/96 hasta el 06/98 + una multinota solicitando algunas cosas. Por mi parte no me opuse a la modificación porque pensé que la diferencia iba a ser mas grande.
Aparentemente el cliente no quiere esperar más y está dispuesto a pagar la diferencia de $700.
Mi pregunta es: Si vuelvo a dejar la Sit. de revista como estaba, volviendo a colocar los mismos periodos respetando las categorías que figuran en Datos Personales, ¿Podría tener problemas? Pregunto porque desconozco si pudo haber hecho alguna modificación en la cuenta del cliente, afuera del SICAM que afecte el plan.
NO VAS A TENER NINGUN PROBLEMA AL PONER EN SIT. DE REVISTA EL FIEL REFLEFO DE LO QUE TE FIGURA EN DATOS PERSONALES, SI QUERES BAJAR LA MORATORIA, HASTA EL 09/1993, LE PONES EN SIT. D E REVISTA LA ACTIVIDAD 307 O 407 QUE SON LAS MAS BARATAS Y DEL 10/93 HASTA EL ULTIMO PERIODO, LE RESPETA LA ACTIVIDAD, SE PUED E SABER CUAL ES LA MODIFICACION QUE TE DICEN EN AFIP QUE TENES QUE HACER ?
 #759168  por mmoreno
 
En periodos desde el 9/92 hasta el 12/95 el cliente figuraba inscripto en categoría D. La asesora del AFIP me dijo que conviene recategorizarlo a categoría A declarando que en ese periodo no tenía empleados a cargo. De esa forma la deuda bajó considerablemente pero implica hacer todo lo que ya dije, presentación de formulario (6 hojas) DDJJ y demás. Gracias por responder.-
 #759390  por MARIO1943
 
mmoreno escribió:En periodos desde el 9/92 hasta el 12/95 el cliente figuraba inscripto en categoría D. La asesora del AFIP me dijo que conviene recategorizarlo a categoría A declarando que en ese periodo no tenía empleados a cargo. De esa forma la deuda bajó considerablemente pero implica hacer todo lo que ya dije, presentación de formulario (6 hojas) DDJJ y demás. Gracias por responder.-
LO QUE TE DICEN EN AFIP, ES PORQUE ESTAN DESCONOCIENDO LA RES. 3062, AFIP INTERVIENE SOLO EN LOS PERIODOS NO PRESCRIPTOS , EL RESTO LOS PERIODOS PRESCRIPTO ES COMPETENCIA D E ANSES