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  • DEMANDA A SOCIEDAD DE HECHO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #759187  por agentil
 
laurava escribió:Hola Gyse y Agentil!!!
Disculpen que no contestè mas. Estuve de viaje por dos meses, y recien me voy reincorporando (con bastante esfuerzo, como se imaginaràn, jajaja)
Mi juicio esta con la medida cautelar rechazada y apelada, en la càmara, con mil problemas porque en el juz de primera instncia lo mandaron a camara, y se "olvidaron" que habia pedido -obviamente- que se forme antes el incidente. Asique mi socia estuvo persiguiendolo en la camara, logrmos que vuelva a primera inst para hacer el incidente, y todavia estmos con eso. Conclusion: todavia ni traslado de la demanda ni incidente, ni medida cutelar, ni nada todavia!!!!!!!! En fin.....
Como vas agentil con tu SH???????
Vos Gyse???
Cariños a los dos!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Hola Laura que vid la tuya!! Siempre sifris asi? jaja

te cuento que lo mio fue con exito, me dieron trasaldo de demanda y ahora estoy tratando de notificar que eso es otro tema jeje. Bueno despues te sigo contando cuando contesten demanda a ver que aptitud toman los demandados,

saludos!!
 #769764  por Gyzella
 
Hola Lau!!! Yo tambien ando a mil y vengo por aca cada 3 meses.. jaja!!!
 #1041344  por palo2006
 
chicas hay algo que no me quedó claro. Si es una SH y también quiero ir contra los socios ya que el empleo se encotraba sin registro, tengo que notificar a cada uno o sus patrimonios ya están comprometidos en el juicio por ser una SH? se entiende mi duda?
O sea, tengo que demandar si o si a los dos socios y a la SH, o al ser SH con ella solo basta porque sus patrimonios están confundidos... gracias
 #1041384  por flux
 
laurava escribió:mira, de MUY BUENA FUENTE (creelo) te puedo decir que si, la pifiaron en el juzgado,. La SH tiene la personalidd juridica suficiente par ser demandada ella misma, sin necesidad de decir quienes son los socios que la integran, Eso (quienes la integran)te va a importar en el momento de la ejecucion, pero no ahora
La verdad el tribunal no la pifio, soluciono un problema futuro

En derecho de fondo esta todo bien que la sh es persona. Pero esa es la mitad del asunto. La otra es la parte procesal y al momento de ejecutar si no demandaste tambien a los socios no los podrias ejecutar directamente

Suponiendo que la demanda va contra "pedro y jose sh" con su cuit propio porque es persona juridica y se le ganas a esa sociedad... despues a quien se le cobra si resulta que "pedro y jose sh" no tiene nada?

Ahi caemos en que los que tienen que pagar son pedro y jose, personas fisicas, por aplicacion del articulo 23 y 24 lsc; con todos sus bienes personales y en forma solidaria. Eso dice la ley de fondo.

Pero de vuelta esa vision es solamente la mitad del asunto. Procesalmente pedro y jose como personas fisicas no fueron demandados. Si los ejecutan directamente de una le estarian violando su derecho de defensa (no se les dio ninguna oportunidad de ser oidos en el proceso) y podrian plantear la nulidad de todo y retrotaer el juicio a cero. Ellos no han sido parte del proceso como personas fisicas

Para que se pueda hacer valer lo que dice la lsc contra pedro y jose, sin que caiga una nulidad, hay que hacerlos parte del proceso de alguna forma. Hay dos maneras:

1.-demandar a la sh solamente. Pero una vez obtenida la sentencia o acuerdo plantear una extension de responsabilidad a pedro y a jose con base en los articulos 23 y 24 lsc y pidiendo produccion de prueba tendiente a acreditar que pedro y jose son socios

2-demandar a todos conjuntamente, a la sh a pedro y a jose, y que toda la prueba se realice en forma conjunta

El camino 2 es mas sencillo y corto porque se todo de una que si fueea con dos procesos separados

El tribunal que intima a denunciar socios esta queriendo evitar el doble proceso luego