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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #761178  por coraso
 
Hola, tengo un caso de encargado de edificio que quiere conservar la obra social de su gremio en lugar de PAMI, alquien sabe si se puede hacer y como?
Gracias
 #761267  por hugo2
 
coraso escribió:Hola, tengo un caso de encargado de edificio que quiere conservar la obra social de su gremio en lugar de PAMI, alquien sabe si se puede hacer y como?
Gracias
Si la obra social atiende a jubilados no hay problemas.
 #761303  por coraso
 
OK gracias a ambos.Estuve mirando y hay algunos fallos que obligan a las obras sociales a mantener a sus afiliados aun luego de jubilados ,en base al Art. 16 Ley 19032, si la obra social no atiende a jubilados, les parece viable que lo plantee judicialmente? ya que la ley lo establece en Gral no me parece legítimo que las obras sociales se nieguen a atender a jubilados cuando la ley exije otra cosa.
Gracias
 #761396  por hugo2
 
coraso escribió:OK gracias a ambos.Estuve mirando y hay algunos fallos que obligan a las obras sociales a mantener a sus afiliados aun luego de jubilados ,en base al Art. 16 Ley 19032, si la obra social no atiende a jubilados, les parece viable que lo plantee judicialmente? ya que la ley lo establece en Gral no me parece legítimo que las obras sociales se nieguen a atender a jubilados cuando la ley exije otra cosa.
Gracias
Los abogados no arreglan nada si no es por la via judicial, No te parece mas sencillo llamar por telefono y preguntar si no atienden jubilados y listo.
 #761449  por GAVA
 
el art. 16 solo da derecho de optar por continuar en la O.S. al personal civil de la Nacion no se aplica a este caso. Solo puede quedarse si como dijeron bien la O.S. acepta jubilados
 #761464  por empedocles
 
Adhiero: la decisión está en la obra social, si acepta o no la continuidad del afiliado.- En cuanto a la judicialización, no es tan sencillo porque si el INSSJP le brinda además del PMO otras asistencias, no puede ser conminada la obra social a seguir prestando el servicio como si fuera activo.-
 #762705  por coraso
 
Hola, es cuento que si consulté a la obra social y no tiene convenio con Anses. Respecto a judicializar todo, cuando se puede resolver de otra manera lo hago, pero en última instancia la que queda es la judicial. Me parecía muy injusto que si la ley dice que puede continuar, quedara librado a la voluntad de la obra social si cumplirlo o no. Ahora, lo que no sabía es que ese derecho es sólo para los empleados civiles del Estado.
Gracias