Hola, tengo un caso de encargado de edificio que quiere conservar la obra social de su gremio en lugar de PAMI, alquien sabe si se puede hacer y como?
Gracias
Gracias
coraso escribió:Hola, tengo un caso de encargado de edificio que quiere conservar la obra social de su gremio en lugar de PAMI, alquien sabe si se puede hacer y como?Si la obra social atiende a jubilados no hay problemas.
Gracias
hugo2 escribió: Si la obra social atiende a jubilados no hay problemas.Que pregunte en la misma obra social.
coraso escribió:OK gracias a ambos.Estuve mirando y hay algunos fallos que obligan a las obras sociales a mantener a sus afiliados aun luego de jubilados ,en base al Art. 16 Ley 19032, si la obra social no atiende a jubilados, les parece viable que lo plantee judicialmente? ya que la ley lo establece en Gral no me parece legítimo que las obras sociales se nieguen a atender a jubilados cuando la ley exije otra cosa.Los abogados no arreglan nada si no es por la via judicial, No te parece mas sencillo llamar por telefono y preguntar si no atienden jubilados y listo.
Gracias