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  • CAUSAL DE DESPIDO INDIRECTO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #757483  por marcelman
 
Estimados colegas:

Me llegó un lindo caso de derecho laboral, con un sin fin de irregularidades. Ya terminamos la etapa del seclo sin acuerdo y ahora al momento de hacer la demanda me surgieron algunas dudas que espero puedan evacuarme:

les comento un poco el caso:

Me consulta mi cliente porque su empleador le daba un trato diferencial, hostigándola a diario por su estado de insulino-dependiente ( mi cliente padece de diabetes) y haciendo comentarios negativos respecto de su estado civil ( había contraido matrimonio hace dos meses). Cansada de aguantar tanto Acoso decidió consultarme para ver que se podía hacer.-

Le pido que me traiga todos los recibos de sueldo y documentación que tenga en su poder para poder analizar el caso.-

De todos los papeles que me trajo surge que:

- Fecha de ingreso registrada deficientemente ( la registraron dos meses despues de que empezó a trabajar).-
- Los recibos de sueldo son un desastre, le hacen descuentos injustificados del rubro "Sueldo Básico" y encima le pagaban muy por debajo de convenio colectivo.-
- No le depositaban el Salario en "Cuenta Sueldo".-
- También me trajo testigos a fin de probar: trato diferencial por ser diabética; maltrato por haber casado hace dos meses; y todos los malos tratos en general.-

Con todo esto mandé el siguiente telegrama a la empresa:


Intimo plazo 30 días de recibida la presente proceda a regularizar situación de empleo con fecha de ingreso falsamente registrada. A tal fin denuncio que mi real remuneración es de $ xxxxxx, mi real fecha de ingreso xxxxxxxx, mi categoría laboral es xxxxxxxxxxxxx según convenio xxxxxx, realizando tareas de Axxxxxxxxxxxxxxxx, mi DNI xxxxxxxxxx, mi estado civil Casada, y mi dirección es xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. En este sentido deberá contestar dentro de las 48 hs. de recibida la presente si procederá a regularizar o no la situación irregular descripta. Todo ello, bajo apercibimiento de lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 15 de la ley 24.013 y art. 47 de la ley 25.345.Caso contrario me consideraré injuriada y despedida por su exclusiva culpa. Formulo reserva de derechos. Intimo plazo de 48 hs abone diferencias salariales, “Presentismo” sobre diferencias salariales, “SAC” sobre diferencias salariales y “Vacaciones” sobre diferencias salariales correspondientes a salarios devengados en los meses de marzo 2010, abril 2010, mayo 2010, junio 2010, julio 2010, agosto 2010, septiembre 2010, octubre 2010, noviembre 2010, diciembre 2010, enero 2011, febrero 2011, marzo 2011, junio 2011, conforme Escala Salarial CCT xxxxxxxxxxxxx. Asimismo intimó plazo de 48 hs abone Remuneraciones Accesorias adeudadas conforme articulo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx cct xxxxxxxxxxxx correspondientes a los meses de junio 2010, julio 2010, agosto 2010, marzo 2011, abril 2011 y mayo 2011. Caso contrario me considerare injuriada y despedida por su exclusiva culpa. Formulo reserva de derechos. Intimo plazo de 48 hs reintegre la suma descontada del “Sueldo Básico” en marzo de 2011 en concepto de “Licencia por Matrimonio”, caso contrario me considerare injuriada y despedida por su exclusiva culpa. Intimo plazo de 48 hs proceda a la apertura de una Cuenta Bancaria Sueldos, conforme Resolución 360/01 ex Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos, a los fines de depositar las sumas adeudadas y los futuros sueldos que se devenguen producto de la relación laboral, bajo apercibimiento de lo establecido en el art 124 LCT. Caso contrario me consideraré injuriada y despedida por su exclusiva culpa. Formulo reserva de derechos.- Asimismo, atento a sus reiteradas, constantes, cotidianas y habituales injurias por Usted impartidas en mi lugar de trabajo, intimo cese inmediatamente con dicha actitud hostigadora, amenazante, injustificada e improcedente, como ser: sus reiterados despidos verbales; sus descuentos injustificados, falaces y maliciosos sobre el rubro “Básico” consignado en los Recibos de sueldo por Usted suscriptos; su constante acoso psicológico sobre mi Estado Civil; y su negativa a la concesión de horas de refrigerio con motivo de mi condición de Insulino-Dependencia siendo conocido por Usted mi Estado de Diabética. Caso contrario me consideraré injuriada y despedida por su exclusiva culpa. Formulo reserva de derechos. .......
(remití copia del telegrama a la AFIP)

El empleador contesta:

Niego los términos de su telegrama por malicioso improcedente y mendaz. Niego que usted revista la categoría que invoca y niego que se encuentre inscripta en forma irregular. Por todo lo expuesto surge claramente que busca en forma temeraria y mendaz crear una situación laboral hacia la empresa que no existe. Colacionese.-

A esta carta documento le contesto negando, pero creo que cometí un error en cuanto a la causal de despido indirecto: le respondí entre otras cosas:

"... Asimismo ante la negativa infundada e injustificada a Regularizar situación de empleo con fecha de ingreso falsamente registrada y, no habiendo dado respuesta concreta con su Carta Documento CD xxxxxxxxxxxx a todos los requerimientos por mi efectuados mediante Telegrama xxxxxxxxxxxxxxxx, Me considero gravemente injuriada y despedida por su exclusiva culpa y responsabilidad. Roto el vínculo intimo plazo legal abone Indemnización por despido sin causa ... "
(continúa, es mas largo pero por razones de brevedad transcribo solo esta parte).-

Hecho el preámbulo les consulto:

1.- Es procedente despido indirecto por Discriminación??? puedo pedir daño moral en este caso???

2.- Es procedente despido indirecto por Matrimonio??? Puedo pedir la indemnización del art. 182 LCT???

3.- Que causal de despido indirecto invoco en la demanda??? puedo meter todas ? o el hecho que en el segundo telegrama hiciera referencia concreta solo a "... la negativa infundada e injustificada a Regularizar situación de empleo con fecha de ingreso falsamente registrada ..." sin individualizar específicamente las otra causales me impide en la demanda denunciarlas también ???

4.- Por último les pido si pudieran mandarme un modelo de demanda por despido indirecto.-

Perdón por la extensión del comentario y/o por lo básico de las preguntas, pero es el primer juicio laboral que tengo y encima de un familiar, por lo que no quiero dejar nada librado al azar.-

Aguardo sus comentarios....

Saludos
 #758268  por tata2006
 
como estás?
a lo mejor te sirve, ya que yo hice una tesis sobre despido discriminatorio, pero los abogados con mas experiencia quizas corrijan alguna cosa.
la demanda de despido injustificado tramita por via laboral, como un despido "normal". Y va a tener un resarcimiento por el despido injustificado, sin justa causa, que prevé el 245 LCT.
La demanda por discriminación tramita via amparo en sede civil, invocando la ley 23592 llamada Antidiscriminatoria, que entre sus causales prevé la discriminACIÓN por enfermedad, entre otras.
esta ley es mucho mas amplia, ya que no solo prevé el resarcimiento pro daños y perjuicios, incluido el daño moral, sino que también NULIFICA el acto del despido, ya que es considerado un acto ilícito (953 y sgts CCiv)
. Esta indemnización es APARTE de la que genera un despido injustificado.

La prueba es bastante más fácil en la práctica, porque hay inversión de la carga de la prueba y corresponderá al discriminador demostrar que su despido obedeció a alguna otra causal. (y el actor solo deberá acercar indicios razonables). La enfermedad de un trabajador es considerada una "categoría sospechosa" de discriminación. Hay muchos fallos, han llegado ya a la CSJN y SCJN (casi simultaneamente, diciembre del 2010) y han tenido acogida favorable en que se debe proceder a la reparación del daño utilizando los parámetros el codigo civil, ya que la LCT no prevé sanción precisa para los casos de discriminación laboral (supletoriamente, se usa el CCiv).

se me ocurre que en la demanda laboral se invoque la discriminación por su cambio de estado civil (que sí está contemplado entre las indemnizaciones agravadas de la LCT) y se haga aparte el reclamo en sede civil, por daños y perjuicios que prevé la ley 23592, los tratados DDHH, la constitución y demás.. saludos
 #758320  por mechionline
 
Mira, te digo lo que a mi me parece:

Te equivocaste en el intercambio telegrafico. Aparte lo que expusiste me da mas para un mobbing que para un despido discriminatorio.

Igual te a favor te diria:

1- La discriminacion es un ilicito, mas alla de que la hayas planteado bien o mal por la via laboral.
2- Es mas sencilla de probar con los hechos que relatas que el mobbing.
3- Olvidate del intercambio telgrafico, y segui el juicio por todo,,, como lo contas tenes altas probabilidades de ganar o llegar aa un buen acuerdo.

sldos, suerte
 #761152  por marcelman
 
Hola mechionline, gracias por responder....

No lo había pensado como vos expusiste, pero: el acoso laboral y el maltrato sufrido por mi cliente lo era por cuestiones atinentes a su enfermedad y a su Estado civil, si bien es cierto que en principio pareceria ser un caso de mobbing laboral, la realidad es que los maltratos se orriginaron cuando el Trabajador gtomó conocimiento de la afección de mi cliente...

Si no es molestia te pido fundes un poco mas tu respuesta. No tengo mucha experiencia en este ámbito y me gustaría saber porque a vos te parece que es mejor olvidarse del intercambio telegráfico e ir por mobbing. En su caso te pido me digas como tendría que haber intimado para que la causal de despido sea un acto discriminatorio...

Aguardo tus comentarios

Un saludo
 #761213  por agentil
 
marcelman escribió:Hola mechionline, gracias por responder....

No lo había pensado como vos expusiste, pero: el acoso laboral y el maltrato sufrido por mi cliente lo era por cuestiones atinentes a su enfermedad y a su Estado civil, si bien es cierto que en principio pareceria ser un caso de mobbing laboral, la realidad es que los maltratos se orriginaron cuando el Trabajador gtomó conocimiento de la afección de mi cliente...

Si no es molestia te pido fundes un poco mas tu respuesta. No tengo mucha experiencia en este ámbito y me gustaría saber porque a vos te parece que es mejor olvidarse del intercambio telegráfico e ir por mobbing. En su caso te pido me digas como tendría que haber intimado para que la causal de despido sea un acto discriminatorio...

Aguardo tus comentarios

Un saludo
Mirá, veo que tenes una ensalada bastante importante. Mi opinión es que te equivocaste en el intercambio telegrafico. Eso no significa que vas a perder el juicio pero sí no van a proceder rubros de mucho monto como: despido por matrimonio y daño moral por em mobbing. Igual pedilo en la demanda.

También te recomiendo que al no tenes experiencia compartas el caso con un colega que sí la tenga, porque ya te equivocaste bastante y vas a seguir haciendole perder plata a tu cliente.

te lo digo de onda dado que yo también comparto casos con un colega de mayor experiencia.

saludos!
 #761259  por marcelman
 
Gracias mechionline por tus aportes... en oportunidad de redactar el telegrama no lo había pensado de esa manera. Ahora ya tengo una idea de por donde puede venir la contestación de demanda....

De todos modos, al ser un despido indirecto, de que otro modo debería haber encarado el tema para que sea manifiesto el despido por matrimonio y el despido discriminatorio sin confundir la causal con mobbing????

Si no todo maltrato realizado por el empleador por cuestiones discrimanatorias, podría ser un caso de mobbing ante un despido indirecto.

Si un trabajador es constantemente maltratado por su empleador por cuestiones de raza, sexo, ideología política, etc... y ese trabajdor intima a que cese con los maltratos efectuados por ser de tal o cual sexo y o religion, etc... siempre estaríamos frente a un despido indirecto por mobbing, no pudiendo el trabajador considerarse despedido por cuestiones discriminatorias. ...

Volviendo en este punto a mi pregunta inicial: es procedente despido discriminatorio indirecto???

Espero tus comentarios....

Alguna otra opinion???

Saludos
 #761364  por Romina34
 
no te enfoque en despido discriminatorio por matrimonio. personalmente, no veo despido discriminatorio, porque en realidad el empleador no despidió, sino que la empleada intimó x incumplimientos varios, que al empleador no dar respuesta ella hizo efectivo el apercibimiento de considerarse despedida. o sea, no estamos ante un despido sin causa, que pudiera ser tachado de discriminatorio, sino que estamos ante un despido indirecto. se entiende?
comparto el consejo que te da agentil.
de todos modos, creo que como están las cosas, avanzaría con la demanda, relatando los hechos, por un lado las cuestiones que hacen a los descuentos, sueldos, diferencias salariales, etc; y por otro lado, relataría los malos tratos por la enfermedad y el matrimonio. de todos modos, tené presente como vas a probar estas cuestiones, porque para ser un mobbing deberías contar con algún informe de psicologo que la estuviera tratando por alguna patología provacada en tales malos tratos..
repasa material sobre mobbing que te darán la pauta de como proceder en esos casos.
saludos,
 #1022065  por AbogLourdes
 
tata2006 escribió:como estás?
a lo mejor te sirve, ya que yo hice una tesis sobre despido discriminatorio, pero los abogados con mas experiencia quizas corrijan alguna cosa.
la demanda de despido injustificado tramita por via laboral, como un despido "normal". Y va a tener un resarcimiento por el despido injustificado, sin justa causa, que prevé el 245 LCT.
La demanda por discriminación tramita via amparo en sede civil, invocando la ley 23592 llamada Antidiscriminatoria, que entre sus causales prevé la discriminACIÓN por enfermedad, entre otras.
esta ley es mucho mas amplia, ya que no solo prevé el resarcimiento pro daños y perjuicios, incluido el daño moral, sino que también NULIFICA el acto del despido, ya que es considerado un acto ilícito (953 y sgts CCiv)
. Esta indemnización es APARTE de la que genera un despido injustificado.

La prueba es bastante más fácil en la práctica, porque hay inversión de la carga de la prueba y corresponderá al discriminador demostrar que su despido obedeció a alguna otra causal. (y el actor solo deberá acercar indicios razonables). La enfermedad de un trabajador es considerada una "categoría sospechosa" de discriminación. Hay muchos fallos, han llegado ya a la CSJN y SCJN (casi simultaneamente, diciembre del 2010) y han tenido acogida favorable en que se debe proceder a la reparación del daño utilizando los parámetros el codigo civil, ya que la LCT no prevé sanción precisa para los casos de discriminación laboral (supletoriamente, se usa el CCiv).

se me ocurre que en la demanda laboral se invoque la discriminación por su cambio de estado civil (que sí está contemplado entre las indemnizaciones agravadas de la LCT) y se haga aparte el reclamo en sede civil, por daños y perjuicios que prevé la ley 23592, los tratados DDHH, la constitución y demás.. saludos

Buen dia tata 2006, que interesante tu aporte. Tengo un caso similar.. Tendías un modelo de amparo que tramite por sede civil el despido discriminatorio?