Hola foristas, tengo una pension directa con un reconocimiento otorgado en la pcia. El causante era docente con 5 años y 7 meses reconocidos, aportante regular, muere en febrero de 2009, en actividad con 51 años.
la caja de la pcia de cba se considera caja no otorgante por estar este sr con mas años de autonomos registrados en nacion..entonces mi razonamiento fue el siguiente,¨:
1º debo comprarle por ley 24476 mas años que los que tiene en pcia para que la nacion se considere caja otorgante, o sea en este caso comprar por moratoria 6 años por ejm.
2º luego a los periodos de autonomos, como son posteriores al 93 aplicar la resolucion que perdona la deuda en los casos de pensiones y retiros (no recuerdo exactamente el nº)creo 526/95-
3º armo el expte con la resolucion del reconocimiento de la pcia. que me da la regularidad con derecho, y luego completo los formularios.
mi pregunta es: ¿es correcto mi razonamiento?? desde ya mil gracias por cualquier aporte..es la 1º que haria. muchas gracias. flordeabril.
la caja de la pcia de cba se considera caja no otorgante por estar este sr con mas años de autonomos registrados en nacion..entonces mi razonamiento fue el siguiente,¨:
1º debo comprarle por ley 24476 mas años que los que tiene en pcia para que la nacion se considere caja otorgante, o sea en este caso comprar por moratoria 6 años por ejm.
2º luego a los periodos de autonomos, como son posteriores al 93 aplicar la resolucion que perdona la deuda en los casos de pensiones y retiros (no recuerdo exactamente el nº)creo 526/95-
3º armo el expte con la resolucion del reconocimiento de la pcia. que me da la regularidad con derecho, y luego completo los formularios.
mi pregunta es: ¿es correcto mi razonamiento?? desde ya mil gracias por cualquier aporte..es la 1º que haria. muchas gracias. flordeabril.
