En un accidente de tránsito muere el hijo (22 años) de la persona que me consulta. Conducía una moto, y del carril contrario se cruzó un camión encerrándolo de manera que no pudo esquivar el choque. El impacto le causó gravísimas heridas y su posterior fallecimiento. Diversos abogados llaman a la madre para hacerse cargo de la causa y la posible negociación con los seguros. En la compañía aseguradora le dijeron que al ser soltero el fallecido, le corresponde cobrar el seguro a ella (su madre) pero en un 50 %. y el otro 50 % a su padre. Resulta que el padre abandonó a su familia hace como 20 años, es decir, desde que su hijo fallecido era bebé. Jamás le pasó dinero por alimentos, ni visitas, ni contacto ni nada. Mi pregunta puntual es: Le corresponde al desaparecido padre ese 50 %? hay manera de excluirlo de ese beneficio?? Lo único que sabe la señora es que está vivo y habita en otra localidad. Me ayudan por favor???? gracias!!
Hola, por el lado de La Ley, me parece que no; pero, por el lado, digamos, "del espíritu de la Realidad", si se lo podría llegar a excluir, o, al menos, llevar ese 50% a un porcentaje mucho menor.Ahora, éstas personas ¿han contraído matrimonio legal?
Igual, espere otras opiniones.
Saludos.
PD: igual, me pinta que el tema no es Derecho Penal, si no más bien del Fuero Civil o Familiar.