ESTIMADOS COLEGAS:
Les quiero recordar los jubilados, pensionados y en general los beneficiarios de una prestación previsional del sistema de capitalizacion, (es decir todos los que cobran sus haberes por una AFJP), tienen derecho a elegir como modalidad de cobro, el pago de sus haberes a traves de una COMPAÑIA DE SEGUROS DE RETIRO.
Estas compañias les garantizan un haber inicial igual al que cobran en la AFJP; pero además una rentabilidad garantizada, esto es un crecimiento o aumento garantizado. Tiene muchas otras ventajas, en estos momentos se pueden obtener beneficios que la nueva ley no concede.
De modo que quienes tengan entre sus clientes a personas que cobran sus beneficios por una AFJP, y lo deseen les paso los detalles y como hacer el tramite.
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar
Les quiero recordar los jubilados, pensionados y en general los beneficiarios de una prestación previsional del sistema de capitalizacion, (es decir todos los que cobran sus haberes por una AFJP), tienen derecho a elegir como modalidad de cobro, el pago de sus haberes a traves de una COMPAÑIA DE SEGUROS DE RETIRO.
Estas compañias les garantizan un haber inicial igual al que cobran en la AFJP; pero además una rentabilidad garantizada, esto es un crecimiento o aumento garantizado. Tiene muchas otras ventajas, en estos momentos se pueden obtener beneficios que la nueva ley no concede.
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