Pain escribió:1)En todos los edificios de propiedad horizontal (salvo casos especiales) existe un reglamento de copropiedad que específica a que horarios se puede hacer ruido o no, generalmente toda la noche y aveces algunas horas de la tarde, 2) el limite a todo es la razonabilidad, si ponés a todo pedo la música, el televisor o la cama (si me entendés), vas a tener reclamos de todo tipo. Distinto es es caso de que te llamen la atención por cada sonido insignificante, 3) ¿Te mandaron una CD? Contestásela en caso de que sea el segundo caso del punto 2, y 4) sos abogada, hacete valer! ¿Como te mandan una CD por ruidos molestos? Solamente vos sabés si estás haciendo las cosas bien o no, planteate de ir a juicio quien ganaría. Si sabés que ganas, ¿vas a soportar que te estén molestando a cada rato? Vas camino a ser prisionera en tu propia casa. Como dije, solo vos sabés cuanto ruido hacés y que tan bien o mal estás, entonces actua en consecuencia.
Si obviamente colega, me llama muchisimo la atencion por q hace 10 años que alquilo, y jamas tuve una queja de un vecino, las reuniones se establencen dentro de los limites, y en horarios que generalmente los demas vecinos tambien estan reunidos, no estoy hablando de un martes a las 2 de la mañana..... pero bueno, mas alla de eso me llamo muchisimo la atencion una CD por "ruidos molestos" que realmente estan exagerando la verdad de los hechos, con decirte q me tocaron la puerta por que "el televisor estaba fuerte", cosa q jamas me paso en la vida, pero como decis, me voy a hacer valer como profesional.
soy Abogado, O.... me trataste en femenino jejjejejeje gracias igual por tu consejo.