Buenas, tengo que presentar un recurso de revisión ante la CARSS por un pedido de jubilación ordinaria denegado y me surge una duda.
Ante la primer resolución denegatoria de la UDAI, presenté recurso de revisión ante la misma.
Ahora tengo una nueva resolución pero con diversos fundamentos y mi duda es si en el recurso ante la CARSS tengo o puedo citar ambas resoluciones o solo la última.
Gracias, saludos
Ante la primer resolución denegatoria de la UDAI, presenté recurso de revisión ante la misma.
Ahora tengo una nueva resolución pero con diversos fundamentos y mi duda es si en el recurso ante la CARSS tengo o puedo citar ambas resoluciones o solo la última.
Gracias, saludos
